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Reclamación daños después de devolución

9 Comentarios
 
Reclamación daños después de devolución
26/01/2016 12:48
Buenos días, estuve de alquiler más de 3 años, finalmente me mude, firmamos un documento de rescisión de contrato el cual firmamos ambos (casera e inquilino) de que no había daños y que se devolvía la fianza, la fianza me la devolvió ese mismo día, pasado el tiempo ahora me reclama bastante dinero de daños del piso. Algunos no sabía ni que existían, otros ya estaban aunque lo niega y otros son pequeñas reparaciones ¿Debo pagar o al tener el documento y la fianza no puede reclamarme nada? Muchas gracias por su ayuda.
26/01/2016 13:24
Helber: al tener el documento firmado la casera no puede reclamar absolutamente nada. Así de simple.
27/01/2016 07:54
Muchas gracias, me quedo mucho más tranquilo la verdad, porque no era justo que quiera reformar la mitad del piso a costa mía...
27/01/2016 13:43
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
27/01/2016 14:26
Helber,

Insisto en mi anterior respuesta,

Una vez firmado el finiquito será improbable que le reclamen nada judicialmente.

Actuar noblemente es algo que depende ya de cada persona.

Supongo que a usted le gustará que si pasados solo unos días del inicio del arriendo se encuentra con que la vitro no funciona... se lo reparen ya que es algo preexistente. Yo como casera lo haría. Supongo que ese comportamiento es detectado por mis inquilinos y eso a la larga compensa.
28/01/2016 08:07
Buenos días,
Tendre en cuenta todas las respuestas, esta claro que si me encuentro con una demanda judicial acudiré a un abogado y en el caso que gane el pleito supongo que la casera se tendrá que hacer cargo de su coste ¿no?
Tengo el finiquito firmado, me devolvió la fianza y tengo testigos de como deje el piso.... Siempre tuvimos buen rollo y cada vez que quería entraba en casa, nunca se lo negue, me considero buena persona y siempre intento hacer lo correcto pero no soy tonta...

Dicho esto muchisimas gracias a todos.
28/01/2016 09:56
Helber: ha habido muchas intervenciones en esta pregunta y la experiencia me demuestra que en estos casos quien pregunta puede llegar a quedarse con dudas.
En este sentido le reitero que la respuesta inicial que le dí es totalmente correcta y es la idea con la que debe quedarse. Todas las demás intervenciones no aportan nada desde el punto de vista jurídico en caso de que la casera le demandara.
Para remachar la respuesta la indico:
1.- La casera no tiene ninguna prueba que le permita reclamar daños. ESTA IDEA ES LA PRINCIPAL CON LA QUE DEBE QUEDARSE.
2.- Es ella quien tiene que demostrar los daños, no Ud. quien tiene que demostrar que no los hubo. Por lo tanto, no necesita esos testigos de los que habla.
3.- Si por "casualidad" a la casera se le ocurre interponer esa demanda lleva todas las de perder. Esté tranquila con eso. Insisto en que no es Ud. quien tiene que probar su inocencia, sino que sería ella quien tendría que demostrar que Ud. es culpable, y no va a poder, ya que firmó un documento diciendo lo contrario. De todas formas ya verá como la casera no hace nada. Simplemente la ha llamado para ver si "cuela". Es una práctica que se da de vez en cuando.
4.- En caso de que lo haga tendrá que acudir a un abogado para que la defienda. De no hacerlo la casera podría ganar el pleito ya que Ud. no estaría allí para defenderse. Pero incluso así la casera no lo tendría fácil.
En cuanto a las costas la respuesta es algo complicada, pero por darle una respuesta más o menos corta le diré que sería muy difícil que la casera se librara de las costas, ya que es casi seguro que el Juzgado calificaría la demanda como temeraria, porque la casera firmó en su día un documento en el que reconoce que no hay desperfectos, a pesar de lo cual luego la demanda a Ud. alegando lo contrario. Esta conducta es claramente temeraria y conllevaría la condena en costas, de modo que puede Ud. estar bastante tranquila. No digo 100% (porque en esto de los juicios nunca existe la seguridad total) pero casi 100%.
5.- Finalmente, con todo respeto a la respuesta de Amparo BB y alabando sus indudables buenas intenciones, hay que tener en cuenta que desde un punto de vista estrictamente profesional y jurídico, esta forera comete dos errores:
5.a.- Ella dice que las pequeñas reparaciones corresponden al inquilino. En este sentido debe aclararse que es cierto que el art. 21.4 de la LAU dice que las pequeñas reparaciones corresponden al inquilino e incluso hay un sector de la Jurisprudencia que afirma que las pequeñas reparaciones corresponden al inquilino, PERO ES UN SECTOR MINORITARIO.
Por el contrario, el sector mayoritario afirma que corresponden al casero independientemente de la cuantía salvo que se deban a daños realizados por el inquilino. Lógicamente es esta segunda línea mayoritaria la que debe aplicarse, y en consecuencia LAS REPARACIONES NO LE CORRESPONDEN A UD. SINO AL CASERO INCLUSO EN EL CASO DE QUE SU IMPORTE SEA PEQUEÑO. Eso suponiendo que sean “pequeñas”. Si se trata de reparaciones “normales” la situación sería aún más favorable a Ud.
5.b.- Otro error técnico que comete Amparo BB es introducir cuestiones morales en la respuesta que le da. Tenga en cuenta que Amparo BB no es abogada, y por tanto introduce en sus respuestas opiniones que ni son profesionales ni cuentan con la certeza de haber sido contrastadas por años de experiencia en el Juzgado. Y digo que es un error porque puestos a introducir factores morales en la respuesta, lo primero que no es moral en absoluto es la actitud de la casera, que primero firma una cosa y luego hace la contraria. Siendo así no veo por qué tendría Ud. que observar una conducta moral frente a quien no la ha tenido para con Ud. Eso sin contar con que en este caso Ud. no tiene culpa de nada, de modo que no entiendo qué pinta aquí que Ud. tenga que “pasarse” de moral. Una cosa es ser moral y otra pecar de tonta.
Quédese con el enfoque jurídico que es total y absolutamente favorable a Ud. y olvídese de enfoques que no han sido emitidos por un profesional.
28/01/2016 10:32
Hola leonjbr, muchisimas gracias por tan extensa explicación, ahora si me ha quedado muy claro!!! :-)
23/03/2018 23:12
leonjbr
Buenas noches, me gustaría aprovechar este hilo para realizar una consulta sobre un tema similar.
He dejado el piso en el que vivía de alquiler y el dueño me reclama ahora la reparación de un aire acondicionado, hablamos de una factura de 400 €.
Hace un año le indicamos que el aire acondicionado no funcionaba, primero se negó a pagar la reparación y después conseguimos acordar pagar la reparación a medias (aunque creyéramos que no nos correspondiera asumir ese gasto) Vino un técnico lo revisó pero nos estuvo dando largas, nos dijo que si queríamos lo arregláramos nosotros y ya luego veríamos como dividíamos el pago, al final se pasó el verano y ya dejamos de insistir con el tema por falta de tiempo y porque no es "muy amable" en el trato para con nosotros.
Ahora nos reclama la reparación del aire justificándose en que cuando nos alquiló el piso el aire funcionaba y que los que lo hemos utilizado hemos sido nosotros. He de aclarar que cuando empezamos a vivir en el piso el aparato no era nuevo, tendría ya unos 5 años.
Además, después de haber pasado más de un mes desde que devolvimos las llaves, nos quiere repercutir gastos de "desperfectos" que ha arreglado (sin antes consultarnos/enseñarnos los desperfectos) y que según él no estaban al inicio del contrato.
¿Puede obligarnos a pagarle esas facturas? Devolvimos las llaves hace casi dos meses y aún no nos ha devuelto la fianza ni lleva idea de hacerlo porque dice que la ha gastado en arreglar cosas del piso.
Entiendo que no vale la pena gastar dinero en abogados para reclamar la fianza judicialmente y doy ese dinero por perdido pero es que encima quiere que aún le paguemos nosotros más dinero porque dice que con lo de la fianza no le llega para cubrirlo todo.
He de añadir que hemos pagado las mensualidades con puntualidad y nos hemos hecho cargo de pequeñas reparaciones el tiempo que hemos vivido en el piso.
Muchas gracias por su ayuda.
24/03/2018 10:01
Helber
No debe pagar nada. Es evidente que la reparación del aire acondicionado le corresponde al casero, con lo que no puede repercutirles a uds.
De por perdida la fianza y olvídese del asunto.