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Reclamación cantidades

1 Comentarios
 
Reclamación cantidades
05/04/2006 19:40
Las deudas salariales, prescriben al año, pero sus correspondientes cuotas a la seguridad social, ¿prescriben también a año o a los cinco ?
perfil Lan
06/04/2006 22:19
El pago de cuaotas a la seguridad social prescribe a los cinco años.

Un saludo.