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reclamacion cantidad

8 Comentarios
 
Reclamacion cantidad
11/03/2004 09:16
Hola a todos. Hace unos dos años puse un procedimiento de reclamacion de cantidad, 4 millones de pesetas, en el juzgado, junto con unas medidas cautelares para decretar un embargo sobre una casa propiedad del deudor.

En este tiempo todavia no tenemos ni siquiera contestación a la demanda, y el deudor ha vendido la casa sobre la que se iba a decretar el embargo, por lo que ya no tiene más bienes con los que responder.
Es más, creemos que ya no está ni siquiera en España, pues es un ciudadano inglés.
¿Qué puedo hacer ahora?.
Estaria muy agradecido con quien pudiera ayudarme, pues estamos realmente preocupados, sobre todo por los clientes que no van a poder recuperar su dinero.
Gracias
17/03/2004 12:32
en que estado se encuentran las actuaciones?
17/03/2004 12:47
Gracias vacuco por interesarte por mi caso.
Ahora mismo no tenemos ni contestación a la demanda.

Se le dió traslado al deudor, y al parecer contestó apud acta, pero no se presentó para ratificar la contestación.

Nosotros todavía no hemos recibido nada.
17/03/2004 12:54
Es un verbal o un ordinario, porque si se trata de un juicio verbal no es necesario contestar a la demanda. NO tienes un señalamiento?
Designó abogado y procurador apud acta?
17/03/2004 13:08
Es un ordinario, son 4 millones de pesetas de reclamación.
Sólo tengo notificación del juzgado en donde se requiere al procurador para que acredite su representación. Todavia no habian procedido a proveer la admisión de la contestacion.
17/03/2004 19:26
Tras ponerme en contacto con uno de mis procuradores para comentarle el tema, me dice que es practicamente imposible que un Juzgado tarde tanto en proveer un escrito, y más tratándose de una contestación. Ahora bien, tras lo anterior creo que el proceso se puede encontrara parado si el procurador aún no ha acreditado su representación bien mediante poder notarial, bien desifnación apud acta. Te aconsejo te informes personalmente en el Juzgado en el que haya recaído el asunto, puedes realizar la gestión telefónicamente.
18/03/2004 09:13
Muchas gracias. Mi procuradora ya está cansada de preguntar en el juzgado, y si no es un oficial que está enfermo, es otro que lo han trasladado, o no tenemos secretario.

Y el problema es que el deudor ha vendido la casa, ya está inscrita a nombre del nuevo propietario, y no se ha decretado el embargo.
18/03/2004 11:30
Puedes solicitar oficio al servicio común de notificaciones y embargos (SCNE) para que averiguen los bienes y cuentas que puede tener este señor, si esta dado de alta en la seguridad social, y así averiguar si realmente sigue en España o no.
18/03/2004 15:33
Ya lo hemos visto todo, y no tiene nada.

Es un no residente, y no tiene cuentas bancarias ni nada a su nombre.