Voy a presentar ante la empresa municipal que gestiona saneamiento público una reclamación por vía administrativa pidiendo,con el correspondiente presupuesto, que ejecuten unas obras , argumentando funcionamiento deficiente del servicio público y su obligación de subsanación.
Mi pregunta es:
1) una vez presentada esta reclamación administrativa ¿Qué plazo tienen para responderme? He leído en unos sitios 3 y en otros 6 meses max y no sé que normativa es aplicable. Supongo que lo rige alguna Ley general de procedimiento administrativo? O depende de cada autonomía?
2) Y si pasado ese plazo no me responden o lo hacen denegando la reclamación ¿Hay un plazo límite para los siguientes pasos? (por ej para presentar por vía administrativa la reclamación de responsabilidad patrimonial)? No sé donde leí que es solamente un mes o dos..
3) En cuanto a mi legitimidad para presentarla. He sido hasta hace un mes presidente de la comunidad de vecinos afectada, y aunque de palabra mis vecinos y el nuevo presidente me dieron su autorización para presentar la reclamación, y soy vecino afectado y parte interesada, la verdad no sé si estoy suficientemente legitimado para encabezar la reclamación en cuestión diciendo que actúo 'en nombre y representación" de la comunidad. O necesito acompañar la reclamación de autorización expresa o algo. No vaya a ser que rechacen la reclamación por eso.
Entiendo que si eres directamente afectado tienes legitimación suficiente.
De todas formas, si tienes la autorización de tu comunidad, pues mejor. Por si acaso.
¿Se han producido daños patrimoniales? pues entonces tienes un año para solicitarlos a la Administración.
Eso con independencia de las modificaciones que en las obras tuviese que hacerse.
Muchas gracias alterego por su ayuda.
Sí, hay daños patrimoniales en el sentido de lo que según me han dicho son como gastos 'anti-jurídicos' que intentaré reclamar, a ver como responden.
¿Sobre los plazos alguien puede ayudarme? ¿Tienen 6 meses para responderme? Y si no responden o lo hacen denegando ¿qué plazo tengo para las siguientes acciones?
La empresa que gestiona saneamiento urbano es 'mixta', es mayoritaria del ayuntamiento, pero en realidad es una S.A.
¿Debo entonces dirigir mi reclamación al Ayuntamiento directamente? Sino quizás la ley administrativa no sería de aplicación, al ser una S.A. (?)
Pero el Ayuntamiento responde de empresas municipales, supongo.
El plazo para que te respondan es de tres meses si la norma reguladora no indica plazo. Si lo hace, pues lo que diga.
El silencio es negativo a tu petición.