Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Reclamación a inquilino moroso

12 Comentarios
 
Reclamación a inquilino moroso
13/10/2022 08:16
Tengo un inquilino moroso, al que le quiero iniciar ya una reclamacion judicial.
¿Puedo prescindir de abogado y procurador?
¿Podría hacer previamente una averiguación patrimonial del inquilino?
¿Que tipo de Demanda tendría que interponer?

Cualquier consejo previo me sería de gran ayuda.
Gracias
13/10/2022 11:05
1.- No: tiene que ir al juzgado forzosamente con abogado y procurador.
2.- No.
3.- Demanda de desahucio por falta de pago. Además, si quiere, puede acumular la acción de reclamación de rentas dentro de la misma demanda. Yo creo que es mejor, porque así se ahorra tiempo.
Mi consejo es que demanda cuanto antes mejor. Ya sé que a la gente no le gusta pagar ni abogado ni procurador, pero en este caso es obligatorio y cuanto más tarde mayor será la deuda.
13/10/2022 11:13
dafasa
Muy buenas, por las preguntas que hace lo mejor es que busque un abogado que lleve su caso. Las medidas legales a tomar dependerán de lo que usted quiera, puede ser cobrar la deuda (habría que saber la cuantía de ésta) o iniciar un proceso de desahucio, para lo que necesita abogado y procurador. Averiguar el patrimonio de su inquilino no es tarea fácil. Lo importante es que actúe rápidamente para que la deuda no crezca.
14/10/2022 08:51
Podría reclamarle solamente los recibos pendientes y si no superan los dos mil euros no necesita abogado ni procurador. Pero no se lo recomiendo.
14/10/2022 16:11
Hoplon: en realidad tampoco, porque la regla para los 2000 euros es para juicios verbales que se hayan determinado así por razón de la cuantía, en tanto que los juicios sobre reclamaciones de rentas son verbales por razon de la materia y no de la cuantía y por lo tanto no se le puede aplicar la anterior regla. Es decir: que hace falta abogado y procurador.
Supongo que te refieres al caso en el que lo planteas en el juzgado y cuela, pero en realidad no es lo que dice la LEC.
14/10/2022 19:09
Tienes toda la razón, art. 250 y 23 LEC, pero teniendo en cuenta que la inadmisión no produce costas, tal vez al consultante, que parece preocupado por los honorarios, le convenga explorar esa posibilidad.

Aún así, queda claro que lo mejor es llevar abogado y procurador: ya lo decía Sánchez Agesta, del que tuve el inmerecido honor de ser alumno: "el procesal es el derecho del derecho". Fue lo único que logré aprender de él, porque yo era bastante burro, pero se me quedó grabado.
18/10/2022 17:33
Buenas tardes @dafasa,
Si buscas un procedimiento rápido y económico, puedes acudir a la Mediación para resolver el impago de la renta.
De conformidad con lo establecido en el art. 2 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, se puede resolver mediante el procedimiento de mediación todo conflicto dentro del ámbito del derecho privado como es el que provenga de un arrendamiento urbano.
Si quieres más información sobre el proceso de Medicación dimelo y te lo explico en otro comentario.
18/10/2022 18:15
¿Mediación?. Suena muy bonito, pero no sirve.
Cuando un inquilino no paga, no contesta a los requerimientos, etc. solo queda el procedimiento legal, desahucio, o el otro procedimiento, empresa de desocupación a ver si hay suerte.
18/10/2022 19:27
Pepe123
Hola @Pepe123, no sé cuanas veces has acudido a Mediación pero yo llevo casi 10 años mediando y realmente si que sirve y funciona (arrendamientos, okupaciones, ...). Eso si, el proceso lo debe de llevar un mediador profesional. Además cada vez más jueces derivan previamente a mediación antes de aceptar la demanda a tramite.
Para más infos: "El Gobierno impulsa dos nuevas leyes para agilizar y acercar la justicia a los ciudadanos"
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2022/120422-rp-cministros.aspx
18/10/2022 20:43
Coditips: eso de que "Además cada vez más jueces derivan previamente a mediación antes de aceptar la demanda a tramite." ¿se fundamenta en algún artículo de alguna Ley? Te lo digo porque yo no lo he visto nunca.
Por lo demas coincido plenamente con la acertada respuesta de Pepe123. La mediación nunca ha valido para nada. Es más: si el inquilino ve que quieres mediar se "alarga" todavía muchiiiiiisimo más, sabiendo que el casero da muestras de debilidad.
Yo comprendo que los caseros quieren soluciones rápidas, fáciles y sobre todo baratas, en particular, no quieren pagar abogados. Pero ese planteamiento es una simple ilusión. En la práctica lo menos caro y lo menos lento es ir al abogado, y si no se tiene claro, más vale dedicarse a otra cosa que no sea el alquiler.
19/10/2022 08:22
Buenos días @leonjbr en muchos Ayuntamientos se ha implantado un Oficina municipal de mediación que ofrece un servicio gratuito tanto al propietario como al inquilino.
Este servicio permite mediar conflictos entre propietarios e inquilinos de un inmueble, por impago, desperfectos, etc...entre otros servicios.
Además los Colegios de Abogados como el de Barcelona y de Madrid entre otros, están apostando cada vez más por esta alternativa de resolución de conflictos ante el colapso judicial. Por último añadir que existe un Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación GEMME que tiene por principal objetivo el impulso de los métodos alternativos de resolución de conflictos, en especial la mediación, desde el ámbito de los Tribunales. Un saludo
19/10/2022 13:41
Coditips
Si, pero eso no es lo que te he preguntado.
Lo que te he preguntado es si hay alguna norma jurídica que obligue a mediar antes de demandar.
Te lo digo porque tu dices que " Además cada vez más jueces derivan previamente a mediación antes de aceptar la demanda a tramite." y a mi eso no me consta.
¿Tú no eres abogado verdad que no?
21/10/2022 09:15
Yo admito e incluso alabo la postura de Coditips al defender lo suyo, pero la mediación no sirve. Ni siquiera es obligatorio someterse a ella salvo que exista pacto contractual en tal sentido.