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recisión de contrato por enfermedad grave

1 Comentarios
 
perfil Jan
28/07/2008 19:34
Hola grafi. Si en el primer burofax NO indicó una fecha de desalojo del local de poca utilidad es. Le aconsejo que envie a su arrendador un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido en el que conste la causa por la que usted desea rescindir el contrato y la fecha en que hará entrega de las llaves del local, el cual estará vacío y expedito.

Ese burofax le servirá a usted como PREAVISO y, hasta que usted NO entrege las llaves, tiene que pagar la renta y demás cantidades a cuyo pago se haya obligado(agua,luz,IBI,etc..).

Una vez llegada la fecha que conste en el burofax usted entregará las llaves al arrendador. Si se niega a recogerlas usted deberá consignarlas judial o notarialmente. Si su arrendador le demanda por incumplimiento de contrato es bastante probable que la indemnización que usted deba pagarle SEA INFERIOR a la pactada en el contrato.

De todas formas la mejor solución sería que usted llegara a un acuerdo amistoso con el arrendador para rescindir el contrato.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
Recisión de contrato por enfermedad grave
26/07/2008 10:23
Tengo alquilado un local para mi negocio, el pasado 1 de Julio swe cumpia el 1º año y automáticamente se iniciaba la siguiente prórroga si no se comunicaba con tres meses de antelación y si dejo el local antes de que se cumpla dicha prórroga estoy obligado a pagar el año completo, todo esto está estipulado en el contrato.
Yo tenia intención de continuar el alquiler y mi negocio, pero a mediados de Junio, me diagnosticaron una enfermedad muy grave y me tendrian que operar de urgencia.
A partir de estos acontecimientos le comuniúé al propietario de plabra ,mi intención de dejar el local, ya que debido a esta enfermedad no podria continuar con el establecimient abierto de una forma contínua, debido a los tratamientos médicos, el se negó porque no le habia avisado con antelación, yo de todas formas antes de que acabase Junio, le mandé un burofax indicando los motivos por los que tenia que dejar el local, el acuse de recibo me vino indicando que el destinatario no había recojido el burofax.
Los primeros dias de Julio entré en quirófano, y luego la recuperación, mñédicos etc.
He comprobado en la correspondencia del banco que me han cargado el alquiler de Julio.
Debido a todo esto aún no he podido desalojar el local por mi estado y los tratamientos, mi intención es que se cobrara Julio/Agosto de la fianza y en este tiempo yo poco a poco vaciaría el local.

Mi pregunta es: La ley en un caso así que debido a enfermedad muy grave da derecho al inquilino a dejar el local sin estar obligado a pagar el resto del año ?

Saludos