Buenas tardes, cuando muere una persona y es el titular de recibos de luz, agua, gas, telfonía. Hay alguna ley que obligue a darlos de baja y/o cambiar de titular?
¿Te pueden pedir que se haga un contrato nuevo en vez de cambiar el titular con el mismo contrato?
N creo que haya ninguna ley que establezca esa obligación. No obstante, lo mejor es cambiar de titular cuando se cambie el propietario del inmueble por haberse hecho la partición y adjudicación.
los propietarios eran dos y ahora solamente es uno . El testamento decía que si moría uno pasaba al otro y viceversa. Los dos hicieron el testamento igual y hemos visto que no se cambió.
De hecho hay propietarios que no cambian el nombre y tienen problemas si los inquilinos no pagan los recibos.
El único que quizás sería mejor cambiar es el de telefonía.
Con su último mensaje, se dan datos nuevos relevantes.
Si el piso está arrendado, lo correcto es que todos los recibos estén a nombre del arrendatario. Tenerlos a nombre del propietario puede generar muchos problemas en caso de impago.
Así que, mi consejo es que urgentemente le digan al inquilino que los ponga a su nombre.