Según he leido en una pagina de internet, es una empresa que ha debido de comprar deuda a telefonica, y yo no tengo tratos con telefonica desde hace unos 9 años. El recibo tendria que ser del servicio de telefono fijo.
¿Hay alguna sentencia o articulo del CC, donde se diga que un particular tiene la obligación de guardar los recibos de pagos periódicos de un servicio, para poder demostrar 8 años después que ha pagado un recibo que una compañía de servicios dice que le debe y que se lo ha cedido a una empresa de recobro de deudas? Durante esos 8 años no se ha recibido ninguna notificación de la existencia de la deuda .En este caso por que no existe.