Hola Pepe28013. Su petición es acorde a la Ley. En los recibos ha de constar de forma separada la renta y los gastos de comunidad, los cuales, a su vez, deben estar desglosados.
Haré lo que me aconseja, aunque por mi parte como acto de buena fe le di los datos que él debia de haber calculado, ya le digo que esto fue en enero y a estas fechas seguimos con las mismas.
De todas formas quisiera saber si mi peticion es legal, osea que en el recibo ne detalle lo que es renta y lo que son otros gastos .
Un saludo muy afectuoso y muchas gracias por su atención
Hola Pepe28013. En mi opinión usted debría seguir abonando la renta al administrador.En lugar de hablar con él por teléfono concierte una entrevista personal para que tenga los datos y así pueda hacer los recibos como usted desea.
No creo que el nuevo administrador esté actuando de mala fe,pues está intentando llevar la administración en base a la gestión de un administrador anterior y le llevará algún tiempo ponerse al día.
Mi pregunta tambien es sobre recibos legales.
El edificio en el que vivo es todo de alquiler y lo controla un administrador.
El administrador que hay ahora es nuevo, ya que el anterior lo cesaron y parece ser que los papeles que ha dejado no estan lo suficientemente detallados, por lo que en mi recibo, que hay una parte que es renta y otras de obras, luz escalera, sueldo portero, etc. y no me separa la renta del resto.
Me puse al habla con él y quedamos en que mediante un fax que le mandaba le explicaba por los recibos anteriores lo que pago como renta y lo que pago por el resto.
Al me siguiente vino el recibo por el total sin especificar. Hablé con él y me dijo que se le pasó.
Al me siguiente, que los recibos ya estaban hechos, que en el proximo me lo pondría.
Y este mes sigue la cosa igual.
Que medidas debo tommar?
Puedo negarme a pagar hasta que los recibos esten en forma?
Puedo hacer el ingreso en algún sitio, como prueba de que no me niego a pagar el recibo, sino que lo que quiero es que me los haga como le digo?.
Todo esto lo estoy haciendo por que la renta me la revisan cada dos años segun el IPC y no es lo mismos pagar un IPC del total del recibo que solamente por lo que es renta.
Muchas gracias por la atencion.
Para Ley: Le agradezco los elogios hacia mi persona aunque personalmente opino que no hago nada extraordinario sino lo que yo considero normal.
Para iura: Gracias por completar mi respuesta.Me guié por la forma en que se actua en los Juzgados de mi ciudad sin darme cuenta de que en otros pueden ser más formalistas.
Jan hay un detalle que se te escapa referente a la consignación y es que previamente debe ser ofrecida al arrendador y no vale que se haga verbalmente. Debe remitirle acta notarial o burofax ofreciendo la suma debida porque en otro caso el Juzgado no le admite la consignación. Es verdad que en algunos Juzgados pasan del tema y lo admite todo, sin acreditar previamente el ofrecimiento, pero lo correcto en virtud de los arts 1176 y sig C.c., y concretamente el art. 1178, es que con la consignación se acredite que previamente se le ha ofrecido al arrendador.
Jan muchísimas gracias por sus respuestas, se nota que pone usted especial interés a la hora de responder, además de poseer una gran empatía, entre otras cualidades tan importantes para el desarrollo de esta profesión. Sus respuestas son claras y desarrolladas de una forma muy clara y concisa, enhorabuena por ser así.
Le estoy muy agradecida por su ayuda, reciba un cordial saludo.
Hola Ley. Voy a tratar de responder a sus preguntas por orden de aparición:
1)"puedo pagar la cuota del IBI en cuotas al mismo tiempo que abono la renta del alquiler, es decir, el total del IBI dividido en doce mensualidades e ir abonándolo conjuntamente con la renta del alquiler mensual."
Dependerá de la forma en que su arrendador quiera repercutírselo ya que SOLO la parte arrendadora tiene la FACULTAD de exigir el pago del IBI de forma fraccionada(12 meses junto con la renta) o en un ÚNICO pago.
2)"En la respuesta a la primera pregunta existe un problema, solo sé el total de metros que figura en el catastro respecto a todas las viviendas, por lo que desconozco incluso los metros de mi vivienda. Debo pues seguir solicitando la cuota de participación?"
Si, usted debe seguir exigiendo la cuota de participación.Es la única forma que tiene usted de saber si lo que paga es correcto o incorrecto.
3)"Respecto a la pregunta de como saber si el arrendador declara o no a Hacienda, se trata de una cuestión ética personal, ya que me incomoda el hecho de pensar que con mi aportación el arrendador pueda realizar un delito fiscal. La verdad es que pensaba que si tienes conocimiento de un caso así tenías que ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, es un tema que desconozco totalmente, y si con la ayuda de los profesionales del foro se puede aprender un poquito sobre derecho, bienvenido sea."
Entiendo su postura pero en ocasiones es mejor no meterse en las relaciones que los demás tengan con Hacienda.Y más cuando entre usted y la persona que usted cree o sabe que no declara los ingresos a Hacienda hay una relación contractual.
Muchas gracias Jan por su respuesta, pero me gustaría hacer otra pregunta que se me pasó por alto, puedo pagar la cuota del IBI en cuotas al mismo tiempo que abono la renta del alquiler, es decir, el total del IBI dividido en doce mensualidades e ir abonándolo conjuntamente con la renta del alquiler mensual.
En la respuesta a la primera pregunta existe un problema, solo sé el total de metros que figura en el catastro respecto a todas las viviendas, por lo que desconozco incluso los metros de mi vivienda. Debo pues seguir solicitando la cuota de participación?
Respecto a la pregunta de como saber si el arrendador declara o no a Hacienda, se trata de una cuestión ética personal, ya que me incomoda el hecho de pensar que con mi aportación el arrendador pueda realizar un delito fiscal. La verdad es que pensaba que si tienes conocimiento de un caso así tenías que ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes, es un tema que desconozco totalmente, y si con la ayuda de los profesionales del foro se puede aprender un poquito sobre derecho, bienvenido sea.
Muchísimas gracias por su ayuda, reciba un cordial saludo.
Hola Ley. Voy a tratar de responder a sus preguntas por orden de aparición:
1)"¿Es legal que no me traiga el coeficiente de participación del registro de la propiedad, para saber lo que yo debo abonarle?"
Cuando la cuota del IBI NO esté individualizada se dividirá en proporción a la SUPERFICIE de cada vivienda o local.
Por lo tanto, si usted conoce la cuota total y la superficie del resto de las viviendas o locales puede determinar si la cuota que le ha repercurido su arrendador es correcta o no.
2)"¿Es legal tener una finca no declarada como propiedad horizontal (de las características antes señaladas) en el registro de la propiedad?"
Es perfectamente legal pues TODO el inmueble es propiedad de un UNÍCO propietario.Este tipo de inmuebles de denominan de PROPIEDAD VERTICAL.
3)" ¿En el recibo de alquiler que me aporta cada mes solo pone mi nombre, el piso, la cantidad, fecha y solo su firma, no pone su NIF ni CIF, es legal? ¿o, debería incluir su NIF o CIF?"
En el recibo DEBE constar el DNI o CIF del propietario-arrendador, aunque la NO constancia de los mismos NO les resta validez.
4)"¿Como podría saber si este propietario declara ha Hacienda lo que percibe de los alquileres de esta finca? ¿En caso de no querer cobrarme el alquiler mensual, donde debo ir para abonarlo?"
En principio a usted le debería ser indiferente si su arrendador declara o no las rentas de los pisos a Hacienda.
Si su arrendador se niega a RECIBIR la renta el trámite a seguir es el siguiente: usted debe acudir al Juzgado Decano y solicitar el nº de Cuenta de Depósitos y Consignaciones. Después debe ingresar en el mismo las rentas o pagos que correspondan, recogiendo el justificante de tal ingreso.
Una vez hecho esto usted debe presentar un escrito ante el Juzgado Decano de su ciudad en el que conste su identidad, la de su arrendador, la fecha del contrato, que su arrendador se niega a percibir la renta y dejar constancia de la mensulidad o mensualidades que usted ha consignado en la cuenta del juzgado.
Hola!!! Voy a exponer mi caso:El propietario de la finca donde yo vivo (soy inquilina de renta antigua año 1960) me pide que le abone el ibi cada año (se que estoy obligada a ello), pero me trae una fotocopia del ibi original de toda la finca y en un recibo hecho por él, la cantidad que debo abonarle, sin indicar la cuota de participación de mi vivienda. Yo he solicitado que me traiga la cuota de participación del registro de la propiedad, el alega que su letrado le dice que no es necesario y no me lo aporta. Este año me niego a abonársela si no me trae la fotocopia de lo que paga en total con la cuota de participación de mi vivienda, para saber el porcentaje que debo abonar de ese total. Al comunicárselo me ha dicho que si no se lo pago no me cobra el alquiler y, el mes pasado no ha querido cobrármelo por esta causa.
Por otra parte he visto que la finca (que es toda de su propiedad) mencionada, en el catastro no figura como como división horizontal, y se trata de un finca de varios pisos por planta, y un local comercial.En el catastro solo pone una zona de vivienda (que incluye la totalidad de las viviendas en m2, como una única vivienda), local comercial de X m2, y una pequeña zona de industria con X m2(esta no existe).
¿Es legal que no me traiga el coeficiente de participación del registro de la propiedad, para saber lo que yo debo abonarle?
¿Es legal tener una finca no declarada como propiedad horizontal (de las características antes señaladas) en el registro de la propiedad?
¿En el recibo de alquiler que me aporta cada mes solo pone mi nombre, el piso, la cantidad, fecha y solo su firma, no pone su NIF ni CIF, es legal? ¿o, debería incluir su NIF o CIF?
¿Como podría saber si este propietario declara ha Hacienda lo que percibe de los alquileres de esta finca? ¿En caso de no querer cobrarme el alquiler mensual, donde debo ir para abonarlo?
Por favor contéstenme lo antes posible, muchas gracias de antemano.Saludos