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Recibos de comunidad

15 Comentarios
 
Recibos de comunidad
05/08/2021 10:52
En mi comunidad me han pasado un recibo único donde se junta, pero non se especifica, la cantidad ordinaria y la cantidad de la derrama. ¿Es esto legal? ¿No tendrían que pasar por un lado él recibo ordinario y por otro él de la derrama? Gracias
05/08/2021 14:36
la derrama ha sido aprobada en junta?
!,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,,
05/08/2021 15:37
jalisco
Si, afecta a zonas comunes y no es un acuerdo unánime.
05/08/2021 17:26
Eresonosoamor
Es una deuda conjunta de dos conceptos, para saber lo que corresponde a uno, reste el otro.
05/08/2021 20:14
ninete
pues donde esta el problema si la derrama fue aprobada?
En que se diferencia que pasen un recibo con el total a que pasen dos individuales?
A usted en que le perjudica?
05/08/2021 20:20
¿Esto es un foro donde se resuelven dudas legales o un chat de opinadores?
05/08/2021 20:33
Aqui es un lugar libre, que cada uno y cada cual dice lo que quiera sin ofender y ateniendose a las normas del blog.
Es que lo que usted pregunta no es ninguna ilegalidad, porque ninguna ley indica que deba hacerse como usted quiere, y encima se estan ahorrando el cargo del banco de un recibo por propietarios.
Como le han dicho el opinador ninete
05/08/2021 20:33
Aqui es un lugar libre, que cada uno y cada cual dice lo que quiera sin ofender y ateniendose a las normas del blog.
Es que lo que usted pregunta no es ninguna ilegalidad, porque ninguna ley indica que deba hacerse como usted quiere, y encima se estan ahorrando el cargo del banco de un recibo por propietarios.
Como le han dicho el opinador ninete
05/08/2021 21:13
jalisco
Yo hago una pregunta referida a la legalidad o no de emitir en un mismo recibo cuotas pertenecientes a dos presupuestos distintos, pregunta que me parece de los más adecuada. Lo que no parece tan adecuado es que en una respuesta se me pregunte si me molesta o no tal hecho, sin aportar ningún dato de interés. Así mismo tampoco he preguntado o me ve interesado sobre él posible ahorro que se pueda producir.
En resumen, nada en claro he sacado a través de la pregunta en este foro. Un saludo y buenas tardes.
05/08/2021 22:03
Pues si no ha sacado nada, es que no lee las respuestas, a las 20h 33m. Le dije que no es ilegal, pero como usted quiere que le digamos que es ilegal, no se queda conforme.
El saber no ocupa lugar, y conocer un posible ahorro, es positivo para la comunidad
05/08/2021 23:32
jalisco
Gracias por su respuesta, por supuesto que las he leído todas ¿ Puede indicarmr en que normativa o sentencia judicial se basa para afirmar que no es ilegal? Gracias.
06/08/2021 15:19
Las comunidades se rijen por la LPH y el C.C.
y en ninguno de los dos indica que los cargos deban ir individualizados.
Sentencias no conozco ninguna dado que entiendo que las personas son lo suficientemente inteligentes para no emprender un proceso judicial ante tamaño dislate.
Tiene usted alguna sentencia que reafirme sus palabras? No verdad?
Pues eso si no existen sentencias y en ninguna ley incluye ese tema es que no es ilegal
De cualquier forma nadie ha dicho lo contrario
06/08/2021 15:45
jalisco
Veo que no lee usted mis comentarios. Si le solicito referencias legales en un sentido u otro es porque yo las desconozco, tampoco es tan difícil de deducir.
En cuanto a iniciar un procedimiento judicial por ese tema indicar que son meras elucubraciones a las que yo no he dado por, sino que parece produto exclusivo de su cosecha. Entiendo entonces que no hay normativa o jurisprudencia en uno u otro sentido. Muchas gracias por su tiempo.
14/08/2021 12:25
Nada impide la acumulación en un solo recibo de la cuota ordinaria y la cuota extraordinaria (derrama) sin hacer el correspondiente desglose.


Saludos.
14/08/2021 12:32
DickTurpin
Por fin una respuesta coherente con la pregunta, muchas gracias. En este caso no ha hecho tal desglose. Un saludo
14/08/2021 19:50
El día 5 le dije:
Es que lo que usted pregunta no es ninguna ilegalidad, porque ninguna ley indica que deba hacerse como usted quiere
El día 6 le indiqué
Las comunidades se rijen por la LPH y el C.C.
y en ninguno de los dos indica que los cargos deban ir individualizados.
Hasta el día de hoy no lo ha queido entender, ha costado pero.......