Buenos días:
tengo dos preguntas que, sinceramente, no sé si corresponden a este foro o a otro pero espero me resuelvan las dudas.
Hace unos años solicité una licencia municipal de obra de nueva planta que fue aceptada en principio y rechazada posteriormente. Durante dichos trámites el Ayuntamiento me puso la toma de agua potable y procedió a girarme los recibos de dicho servicio. En dicho recibo, además, de aparecer la cuota correspondiente al agua potable aparece también una cuota en concepto de residuales (alcantarillado) pero nunca se ha realizado dicha conexión a la red municipal a pesar de que el colector se sitúa a escasos 8 metros de la finca. Al negarseme la licencia de edificación me dí de baja del servicio de agua potable. Mi pregunta es la siguiente: ¿puedo exigir al Ayuntamiento a que realice dicha conexión a la Red de Saneamiento Municipal aunque tenga que cargar yo con los costes? entiendo que el Ayuntamiento cobró por un servicio que no estaba realizando.
Mi segunda pregunta es un poco más genérica. Según me han informado (no sé si de forma acertada) en la Legislación existe un principio mediante el cual si se poseen más de las dos terceras partes de un conjunto de condiciones para obtener un beneficio la Administración debe facilitar la obtención de la parte restante para poder alcanzar dicho objetivo. ¿Es cierto eso?¿en que artículo de que Ley aparece reflejado?
muchas gracias