Quisiera saber si la Mancomunidad puede exigir a una empresa el pago de los recibos de agua desde el año 2002 , que debido a un error informático, que la mancomunidad reconoce como suyo, ha pasado desde el año 2002 una cantidad que nada tiene que ver con la real y cuando se han dado
cuenta del error, presenta una liquidación con los importes reales desde el año 2002 (que ascienden a 26.346,88 euros) . Quisiera saber si hay obligación de pagarlo o a prescrito algun año o caducado, o que se puede hacer .
VAmos a ver, las tasas (o precios públicos en su caso) de suministro de agua, se giran previa aprobación de los padrones, que se publican a través de anuncios (normalmente). Puedes recurrir en base a esto, a que se han aprobado los padrones con un importe y la modificación de la cuantía ahora es improcedente. SEguramente te lo desestimaran en base a que la administración dispone de 4 años para liquidar, pero puedes intentarlo. Pide la ordenanza que regula esa tasa y estudia lo que te comento de la obligación de publicacion de los padrones.