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rección de contrato

3 Comentarios
 
Rección de contrato
14/03/2012 22:22
Ola tengo una alquilina que entro el 1-9-2011, y me aviso el dia 10 de Marzo del 2012 que se va el dia 30 deste mes, el contrato es de un año con sus prorrogas correspodiente, y se recoge en el que si la arrendataria desistiera, deberá indinizar el importe de una mensualidad de la renta en vigor por cada año de contrato, que me aconseja, muchas gracias.
19/03/2012 12:41
Buenos días,

En realidad no es así; ella tiene derecho a renovar cada año hasta cumplirse los 5. Lo que sí debería cumplir es el año completo por Ley (es decir, en su caso, hasta el 1-9-2012), con lo cual se le podrian reclamar las mensualidades hasta ese momento. Como son muchas, las partes suelen acabar pactando.
Si desea profundizar más en el tema, puede escribir a contacto@asesorum.es (www.asesorum.es). Un saludo.
perfil Jan
20/03/2012 11:12
Hola Migel. Al existir claúsula indemnizatoria pactada en el contrato las partes deben obligatoriamente ajustarse a la misma.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
20/03/2012 11:17
Buenos días de nuevo Miguel:

Aconsejo que pacte con la inquilina (podría ser la fianza o alguna mensualidad más incluo), también conforme a las causas que justifiquen su salida de la vivienda, especialmente si se trata de un problema económico o falta de trabajo de ésta, en cuyo caso difícilmente va a pagar más de una o dos mensualidades más.
Un saludo,

contacto@asesorum.es