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Recaudador municipal

1 Comentarios
 
Recaudador municipal
02/09/2017 14:19
Buenos días, interesa saber qué Ley recoge todo lo referente a la actividad del Recaudador Municipal, sus funciones, derechos, obligaciones, quiénes son sus superiores jerárquicos, en fin todo ello.
Agradecería me dirigieran a ella.
¿Qué autoridad ejerce el alcalde sobre él?
¿Está sólo obligado a responder de su gestión ante la Dirección General del Catastro o Gerencias Regionales?
¿Al Ministerio de Hacienda en última instancia?
Qué responsabilidad tendría al estar pasando facturas IBI, no sobre el PGO vigente, algo que nunca ha ocurrido, según hemos descubierto los atónitos contribuyentes recientemente, sino sobre una Modificación Puntual sobre el PGO anterior que convirtió lo rústico no fiscalizable en urbano muy considerablemente y que aprobó inicialmente el Pleno Municipal hace años, provisionalmente al año siguiente, y al siguiente se aprobó la subsanación técnica de subsanación de reparos pero nunca fueron aprobados definitivamente y dicha modificación de planeamiento quedó abortada siendo así que nunca entró en vigor al no ser publicado en Boletín Oficial de la Provincia.
Su respuesta al contribuyente que se siente engañado y le pide explicaciones es que lo que hace lo realiza con el visto bueno del alcalde y es a éste a quien se ha de pedir explicaciones.
El alcalde dice que "de eso nada" y que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana es responsabilidad exclusiva del Recaudador, y por otra parte tenemos al Concejal de Economía y Hacienda que pudiera estar administrando cantidades ingentes de dinero recaudado indebida, engañosa e incluso fraudulentamente (a saber que opinarían los Administradores de Justicia), apoyando al alcalde incondicionalmente.
Y los contribuyentes en total estado de estupefacción, por lo que da pie a preguntarse cuál es la responsabilidad de cada uno de ellos.
Agradeciendo de antemano la atención de los Sres. Expertos me despido con un cordial saludo.
perfil veo
02/09/2017 18:12
Deseososabermas
mi opinión es que no debe usted amargarse la vida por eso
sin duda el alcalde es responsable, y el recaudador responde ante el alcalde, pero ahí no hay nada de qué responder
han aprobado una "delimitación catastral" del suelo urbano y urbanizable, del suelo que pasaba a ser catastralmente de naturaleza urbana, y pasar el IBi de urbana es lo legal para los suelos de naturaleza urbana
sin duda el gerente de catastro que aprobó eso también es responsable, como lo es el arquitecto de catastro que firmó esa delimitación, aunque quien la hizo, según criterios pactados, fué una empresa subcontratada
en todo caso no sé si vale la pena intentar una acusación de prevaricación, y devolución de cuotas consecuencia de una aprobación irregular ... pero haga usted lo que quiera
lo importante es que presente el escrito que le he enviado, y mejor sería haberlo hecho hace cuatro o cinco años ... y trate de ser feliz olvidando ese tema