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recaudación ejecutiva TGSS

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Recaudación ejecutiva tgss
22/10/2014 18:16
hola, planteo la siguiente cuestión a ver si alguien me puede orientar.
Persona que tiene un embargo en su pensión de viudedad por deudas con la TGSS, impago de cuotas autónomo.
cada mes le retienen 50 euros de la pensión.
En mayo solicita del INSS la devolución de las cantidades "adelantadas" en concepto farmacéutico, realizándose el ingreso en junio, momento en el que la URE, comunica a la entidad bancaria la rentención de un importe 356 euros sobre la cuenta corriente.
se presenta recurso de alzada por entender que de esta forma se grava dos veces al ejecutado, cada mes en la pensión, y en el momento de recibir unas cantidades que ya había gastado.
Respuesta, que el art. 605LEC permite el embargo no sólo pensión sino también sobre los ahorros, y que el embargo sobre la pensión dentro de los límites del art. 605 no impide que si hay ahorro se ejecute embargo sobre éste. pues la finalidad del art. 605 es que la persona peuda atender a sus necesidades básicas.
esto no lo entiendo, si al determinar la cuota del embargo sobre la pensión, ya calculan qué parte cubre las necesidades básicas, cómo pueden gravar el "ahorro" que se produce en todo caso a posteriori con la devolución de las cantidades adelantadas (lo mismo pasará con la renta, si da a devolver?). No se trata de ingresos provenientes de otras fuentes, sino de la pensión que ya está gravada en la medida que la URE consideró que respetaba el límite del art. 605LEC
y por último, el art. 46 Rgto, general de recaudación de la SS dice que cabe recurso alzada reposición, extraordinario revisión y el recurso contencioso admvo. La pregunta es, ¿puede interponser recurso potestativo de reposición antes de acudir al contencios-admvo?
Si no es éste el foro correcto donde realizar la consulta agradecería que lo trasladaseis al que corresponda. Gracias
Un saludo