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Recargo por prestaciones

54 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 54 comentarios
27/10/2024 20:05
BorjaB
Hola. Si la Inspección de Trabajo determinase que no ha habido faltas de medidas de seguridad, difícilmente podrás cobrar una indemnización de daños y perjuicios, pues es muy difícil demostrar que lo que dice la Inspección no se corresponde con la realidad.
Los informes de la Inspección gozan de la presunción de certeza. Es decir, es la verdad salvo que se pruebe lo contrario., cosa muy difícil.
Espero que haga un buen informe
Saludos
21/10/2024 16:52
Expertolaboral
Ok, muchas gracias...

Una última duda, en mi caso, actualmente estoy a la espera de que se pronuncie inspección laboral, ya que solicité un recargo de la prestación de mi IPT, por incumplimiento de prevención de riesgos en el accidente laboral que tuve.

¿En el caso de que inspección laboral no me diese la razón, cobraría algo de indemnización por la secuelas del accidente o solo cobro si la empresa incumple la ley de prevención de riesgos?

Muchas gracias de antemano.
20/10/2024 13:35
BorjaB
Hola. Según la jurisprudencia, el plazo de 1 año para reclamar los daños y perjuicios por un accidente laboral ,empieza el día la firmeza de la resolución de la incapacidad permanente o lesiones no incapacitantes o el día del alta médica si no hay secuelas, , pero no conviene apurar el plazo por si acaso.
Se puede interrumpir la prescripción enviando un burofax a la empresa y ala compañía aseguradora.
Saludos
06/10/2024 14:49
BorjaB
Por favor, alguien me puede resolver mi duda??

Muchas gracias
25/09/2024 11:40
Buenos días.
A partir de que fecha empieza a contar el plazo de un año para interponer la demanda en el juzgado, exigiendo daños y perjuicios por un accidente laboral que me produjo un IPT y la empresa incumplió la ley de prevención de riesgos?

Mi duda es si es la fecha que está firmada la carta de la resolución, la fecha de la resolución (en mi caso la carta se firmo casi un mes después de la fecha desde que me reconocen la IPT), o la fecha en la que recibí la carta.

Muchas gracias
01/09/2024 12:55
Chenchomar
Hola. Si el INSS desestima la reclamación previa de la empresa, ésta puede presentar demanda ante el Juzgado y posteriormente puede presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia.
Pero, si ya hay resolución definitiva del INSS sobre secuelas o sobre una incapacidad permanente, hay un plazo de 1 año desde la firmeza de la resolución de la incapacidad permanente, para reclamar una buena indemnización por las faltas de medidas de seguridad, contra la empresa y contra la aseguradora que cubra el siniestro.
No hay que esperar a la firmeza sobre el recargo. Cuidado con el plazo.
Saludos
29/08/2024 10:30
Buenos días hace poco me llegó la resolución del inss en la que me concedían un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad del50% con carácter definitivo y que la empresa tenía 30 días para recurrir .
Si le deniegan el recurso ya sería firme el recargo o caben más recursos?
Gracias por favor respuestas
25/06/2024 14:51
Expertolaboral
Buenas tardes se presentó la demanda a finales de 2023 en el juzgado de lo social
Cuanto tarda en salir el juicio en Córdoba?
Gracias a ver si alguien me podría orientar por favor
Gracias
26/05/2024 10:40
Alberto78
Hola. Si todavía no tienes el informe de la Inspección de Trabajo sobre las circunstancias del accidente, yo acudiría a la Inspección , a fin de que te informasen sobre el estado del expediente y que te indique el nombre y día que acude el Inspector/a para hablar con él/ella.
Tienes que agilizar el expediente.
Si la Inspección ya ha realizado el informe y lo ha enviado al INSS, entonces debes contactar con el INSS, a fin de que resuelvan el recargo.
Recuerda que hay que hacer la reclamación de indemnización de daños y perjuicios contra la empresa y la aseguradora dentro del plazo de 1 año a contar desde la firmeza de la resolución del INSS sobre la incapacidad permanente.
Después de este plazo habría prescrito, aunque la reclamación se hiciera dentro del plazo de 1 año contar desde la fecha de la resolución del recargo.
Si te han reconocido una IP absoluta la indemnización por el recargo podría superar los 150.000-250.000 euros.
Saludos
Saludos
20/05/2024 19:01
Expertolaboral
Buenas tardes lo he preguntado por que llevo 2 y medio más o menos de haber solicitado yo tengo la incapacidad permanente absoluta
Y es en Córdoba
Gracias
20/05/2024 17:00
Alberto78
Hola. La demora en la resolución del recargo por faltas de medidas de seguridad depende de cada provincia y dentro de cada provincia de cada inspector/a que lleve el expediente.
El inspector lleva a cabo sus averiguaciones y posteriormente si considera la existencia de faltas de medidas de seguridad, insta un expediente al INSS a fin de que dicte la correspondiente resolución.
Para mí lo importante es controlar el plazo para reclamar la indemnización por daños y perjuicios contra la compañía de seguros.
Hay que hacer la reclamación dentro del plazo de 1 año a contar desde la firmeza de la resolución del INSS sobre la incapacidad permanente o lesiones no invalidantes o desde la fecha del alta médica.
Transcurrido este plazo de 1 año, se incurriría en prescripción.
Saludos
20/05/2024 12:41
ergalan1986
Buenas tardes una pregunta
Cuánto te tardo en contestarte la primera vez el INSS lo de los recargas desde que lo solicitaste
Gracias
28/01/2024 14:02
Hola. Si hay una sentencia firme, tu abogado debe pedir la ejecución de la sentencia, solicitando que previamente la Tesorería informe al juzgado de la cuantía del recargo sobre el subsidio de I.T. así como de la capitalización de la pensión ( si la tienes reconocida).
Si no hubiese sentencia deberías pedir al INSS a fin de que inste el INSS a la Tesorería la ejecución de la resolución.
Cuando la empresa deposite el recargo en la Tesorería, el INSS te lo pagaría.
Saludos
28/01/2024 10:34
hola,ami hace 4 meses me llego ya por fin la resolucion por un recargo del treinta por ciento por un accidente laboral,la empresa a vuelto a recurrir ya con esta van 3 veces que recurren,he hablado con la seguridad social y me a dicho que por muchoque recurra ya esta sentencia es firme,y que ellos le va a mandar denegandocela la ultima alegacion de la empresa y pidiendo dicho recargo el dinero que sea....¿mi pregunta es cual es el siguiente paso si la empresa no paga?¿y si no pagan quien tiene que mover para ir a los juzgados contra la empresa?YO o el inns,AYUDENME POR FAVOR
07/11/2023 12:27
Hola,buenos días.
Tengo reconocida el recargo de prestaciones del 30%,desde julio por un accidente laboral que tuve hace un año .
Actualmente sigo de baja por la mutua y despedida por la empresa.
Quería saber cuándo abonan ese recargo ?
Muchas gracias
06/11/2023 13:20
Expertolaboral
Muchas gracias por la aclaración de ambas cuestiones!!
06/11/2023 10:14
Expertolaboral
Buenos días la verdad que no sé nada solo me dice mi abogado que ya hablara conmigo cuando llegue el momento y a esperas estoy me he metido en el INSS a ver si sale algo y nada
También te comento que la incapacidad absoluta permanente me la dio un juez e el 66 por ciento de incapacidad
Cuando tenga noticias os lo comunico
Gracias por vuestra ayuda
05/11/2023 18:24
Alberto78
Hola. Es muy raro tanto tiempo. Mucho me temo que no hay nada. Espero equivocarme.
¿Ha intervenido la Inspección de Trabajo?
¿ No ha respondido nada el INSS?
Habría que acudir a la Inspección de Trabajo para saber si hay un expediente sobre el accidente y por otra parte al INSS para solicitar información sobre la solicitud del recargo.
Cuando, en un accidente, hay posibles falta de medidas de seguridad, lo mejor es hacer una denuncia a la Inspección de Trabajo. Tras el correspondiente informe, la Inspección solicita al INSS el inicio del recargo y por otra parte, inicia un expediente sancionador ante la autoridad laboral de la comunidad autónoma.
Saludos
05/11/2023 18:14
Libere
Hola. El recargo de prestaciones es vitalicio.
Para el cálculo para determinar la capitalización del recargo, la Tesorería se basa en los llamados" cálculos actuariales" ( muy complicados para mí) .
Si la persona beneficiaria muere antes de la edad supuesta por los cálculos actuariales, la Tesorería se beneficia. En cambio si la persona fallece a los 95 años, por ejemplo, la Tesorería asume el perjuicio, pues la persona afectada cobre el recargo hasta su muerte.
Saludos
24/10/2023 08:51
Repic
Buenos días yo lo hice a través de un abogado pero a mí no me a llegado nada todavía estoy esperando ahora hace 2 años que pedí los recargos
Y por eso pregunte