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Recargo de prestaciones

1 Comentarios
 
11/02/2008 13:02
En estos casos lo primero suele ser la actuación de la Inspección.

El Juzgado de lo Penal no comunica nada al INSS, salvo lo que tenga relación con el propio juicio penal.

El recargo lo debió iniciar la Inspección de oficio, o el propio perjudicado.

Si no ha prescrito aun se puede impulsar a instancia de la parte.
Recargo de prestaciones
11/02/2008 12:49
Un caso sucedido hace casi cinco años (y por tanto a punto de prescribir).
El administrador de una empresas condenado penalmente por un delito contra la seguridad de los trabajadores por graves faltas de seguridad en el trabajo que dieron lugar a que se ocasionara un acccidente muy grave en el trabajo.
No se ha comenzado la tramitación del procedimiento sancionador contencioso administrativo todavía (supongo que en virtud del pº non bis in idem), pero es que la sentencia penal fue hace 4 años y medio y NO SE HA INICIADO TODAVIA PROCEDIMIENTO DE RECARGO DE PRESTACIONES ¿Es esto normal?
¿Debería haber dado el juzgado de lo penal comnuicacion al INSS? ¿es de esperar que no pase nada?
Espero vuestras respuestas.