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recargo de prestaciones

3 Comentarios
 
30/03/2004 18:36
Hola.

Con independencia al procedimiento penal, puedes instar la lresponabilidad civil, que al ser derivada de accidente de trabajo puedes reclamarla via jurisdicción laboral.

Saludos.
30/03/2004 18:31
Gracias, Ninfa.
Lo de la responsabilidad civil ya lo estoy intentando, puesto que pusimos querella por presunto delito contra la seguridad de los trabajadores, y si el procedimiento penal continúa, pediré en su momento la responsabilidad civil que proceda.
De todos modos, si hubiese sobreseimiento o sentencia absolutoria, ¿crees que podría exigir igualmente la responsabilidad civil en otra jurisdicción? En caso afirmativo, ¿en cual, civil o social?
Gracias.
30/03/2004 18:21
Hola.

en unos días tu cliente debería recibir un escrito de la mutua comunicandole la declaraciçon de plesiones permanentes no invalidantesa y la cuantía que le van a abonar y diciendole que se pase por las oficinas de la mutua para el cobro.

En lo que respeta al recargo de prestaciones quien debe afrontar el pago es la empresa y debería actuar de oficio el INSS. N o obstante, si pasado un tiempo prudencial no tienes noticia alguna, puedes o bien pasarte por el INSS y ver si se ha abierto algún expediente o simplemente presentar una demanda contra la Mutua, el INSS y la empresa reclalando de prestaciones. No olvides que el acta de infraccion que levant´la inspección va a ser decisiva en el juzgado, por lo tanto o bien te haces con una copia o en la dmanda pide como prueba que se oficie a la insoección de trabajo para que aporte al pleito tal acta de infracción.

POr último, si ha habido sanción quiere decir que ha habido incumplimiento de la Ley de Prevención, con lo que estudia la posibilidad de ir a por una responsabilidad civil de la empresa.

Saludos.
Recargo de prestaciones
30/03/2004 17:15
Hola.
Tengo una duda:
A una cliente mía le acaban de reconocer unas lesiones permanentes no invalidantes, en cuantía de 1.056 euros. La resolución del INSS se la han notificado hace unos días, declarando responsable del pago a la Mutua. La duda es: ¿cómo se hace en la práctica para cobrar ese dinero? ¿va a la Mutua y dice que se lo paguen, o como hace?
Por otro lado, en su día se hizo denuncia a la Inspección por el accidente sufrido, la cual acabó con acta de sanción a la empresa por infracción de normas de seguridad e higiene, y propuesta de recargo de prestaciones de un 30%.
En este caso mi duda es si yo tengo que hacer algo al respecto en ese tema del recargo. Supongo que la propuesta del Inspector generará un expediente en el INSS, que éste impulsará de oficio hasta que recaiga resolución, por lo que no se si en algún momento de ese expediente la trabajadora debe alegar algo, o va todo de oficio hasta la resolución.
Por cierto, ¿puede ir a cobrar a la Mutua mientras el expediente del recargo sigue su curso?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos.