Hola La fórmula es sencilla.
A la pensión inicial ( sin revalorización alguna posterior) que te hayan concedido el INSS, le aplicas el 30 % y sabrás la cuantía del recargo. El recargo no tendrá revalorizaciones como las pensiones. Siempre será la misma cantidad.
Por otra parte, es muy importante que hagas la reclamación por daños y perjuicios contra la empresa y contra la compañía aseguradora .La cuantía puede variar entre 50.000 y 200.000 euros.
Tienes un plazo de 1 año desde la firmeza de la resolución sobre la incapacidad permanente.
Después de esa fecha habría prescrito tu reclamación.
Saludos
hola,ami hace 4 meses me llego ya por fin la resolucion por un recargo del treinta por ciento por un accidente laboral,la empresa a vuelto a recurrir ya con esta van 3 veces que recurren,he hablado con la seguridad social y me a dicho que por muchoque recurra ya esta sentencia es firme,y que ellos le va a mandar denegandocela la ultima alegacion de la empresa y pidiendo dicho recargo el dinero que sea....¿mi pregunta es cual es el siguiente paso si la empresa no paga?¿y si no pagan quien tiene que mover para ir a los juzgados contra la empresa?YO o el inns,AYUDENME POR FAVO