Buenos días, quisiera hacerles una pregunta para que me informen cómo va lo de los coches eléctricos.
Se ha hablado de poner en el garaje lo necesario para poder cargar los coches eléctricos, hasta ahora no hay ningún coche eléctrico en el edificio pero un vecino dice que se va a comprar uno. Mis preguntas son las siguientes:
1.¿Cómo funciona ésto?. Lo que se tenga que instalar se hace a nivel individual, es decir, cada vecino lo suyo o lo hace la Comunidad.
2.¿ La recarga de los coches tira de la luz de la Comunidad?
3.Se colocan contadores para saber qué electricidad gasta cada uno. Porque si un vecino saca el coche sólo los fines de semana y otro lo tiene como herramienta de trabajo el gasto no es igual en uno que en otro.
Espero vuestras respuestas porque no tengo idea de como está funcionando esto de los coches eléctricos. Gracias
Saludos.
No se complique la vida.
Art.17.5 LPH
. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma.
Este caso no está contemplado en la LPH.
por lo tanto deberan ser ustedes imaginativos. Pero nunca pagará la comunidad dicha instalación, al no ser que esten todos de acuerdo.
Una solucción podría ser asignarle la peor plaza para uso continuo?
Gracias Jalisco por su respuesta. Lo de la peor plaza no lo va a querer. Pero vuelvo a insistir el consumo lo dirá el aparato que tiene que instalar?. Y ese aparato va enganchado a lz luz de la comunidad?, perdone pero no tengo ni idea , o ese aparado tiene autonomía y no entra en juego la electricidad del garaje? Lo mismo estoy preguntando algo que para usted es obvio pero yo no lo tengo claro y quiero saber todos los detalles. Gracias
El art. 17.5 que ayer le indique lo deja claramente explicado.
Quien necesite un punto de conexion queclo instale por su cuenta y de su bolsillo abonará el consumo que haga.
En plazas normales de propiedad se instala el enchufe y desde alli hasta el cuarto de contadores va el cableado que ira conectado al contador que realiza dicha instalación.
Pues si no se aviene a darle la plaza mala, denle la buena y problema soluccionado.
Claro que si pasan por ahí, allá ustedes, mañana sera otro propietario quien quiera instalar el cargador y claro deberan tragar y darle otra plaza buena.
Lo que pueden hacer es asignar las plazas por sorteo, pero ahí habra problemas.
Preguntele que solucción da él
Muchas gracias Jalisco por la contestación. He estado mirando en internet y efectivamente cómo usted dice va al contador de la persona que lo instale. Ahora bien, en este garaje nuestro que las plazas son pequeñas esas columnas que tienen que poner no sé dónde lo va a colocar porque ocupan un espacio y no lo hay.
Referente a darle la plaza peor ya se lo dijo un vecino y se calló. Darle la mejor no van a quere, yo incluido por todo lo que usted dice.
De sortear las plazas ya lo pretendieron hace años pero no quisimos, porque hay plazas muy malas y al que le toque lo tiene para toda la vida y rotando hay de todo.
Para hacer sorteo de las plazas tendríamos que estar todos los vecinos de acuerdo o basta con un porcentaje de ellos. Gracias de nuevo.
De lo que me dice qué solución da él, yo se lo digo: quedarse con la mejor plaza, pagarle la instalación y si le dan un sobre con dinerito para celebrar lo instalado estaría tan contento, él es así.
Visto que ese vecino quiere aprovecharse de los demás, lo mejor es decirle que la instalación se la pague él y con cargo a su contador (como establece la ley), y cuando rote que vuelva a hacer la instalación.
El uso de las plazas rotativas figura en los estatutos (si es que los tienen) o fue un acuerdo que se tomo en junta unicamente?
La idea que a dicho JuanS. Logicamente la ha dicho con humor, pero ojo, ni la propongan, porque si ahora tiene una plaza que si le interesa e instala el contador, despues sera muy complicado y costoso que cambie de plaza.
Ahora bien estoy pensando una cosa, la LPH indica lo de poner el contador en una plaza de propiedad, y este propietario quiere poner un contador en una zona comunitaria. Entonces pienso que en este caso tal vez se encuadraria en el art. 17.4 y necesitaria 3/5 de todos los propietarios, dado lo que figura en art.17.5.
. La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma.
Lea bien lo descrito
siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad.
Y su vecino no tiene plaza privada, por lo cual me reitero en el art. 17.4, y son 3/5 o unanimidad si se hace un reparto para siempre
Lea bien lo descrito
siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad.
Y su vecino no tiene plaza privada, por lo cual me reitero en el art. 17.4, y son 3/5 o unanimidad si se hace un reparto para siempre
otra posibilidad seria, que si tienen espacio para poder poner el contador y dejar el coche CARGANDOSE, es que él abone dicha instalación y si mañana alguien quiere hacer uso de ese contador, le abonase su parte a quien lo instaló.
Pero eso iria por el art. 17.4 y son 3/5 o por 17.1 si lo solicita 1/3
otra posibilidad seria, que si tienen espacio para poder poner el contador y dejar el coche CARGANDOSE, es que él abone dicha instalación y si mañana alguien quiere hacer uso de ese contador, le abonase su parte a quien lo instaló.
Pero eso iria por el art. 17.4 y son 3/5 o por 17.1 si lo solicita 1/3