Si el edificio es una naves industrial, con lo que ello significa respecto a su uso, no puede ser un edificio de aperos cuyo uso es bien distinto.
No obstante, puesto que parece ser que el problema reside en la valoración catastral, ha de tenerse en cuenta que las construcciones ubicadas en suelo rústico que no resulten indispensable para el desarrollo de la explotación agrícola, ganadera o forestal, son calificadas de naturaleza urbana a los efectos de valoración y pago del IBI.
Muy buenas hay alguien que me pueda ayudar como hacer y recurrir adecuadamente una recalificacion de nave industrial de aperos en el campo rústica me a venido el Catastro como urbana
Alguna solución por favor
Gracias