Hola necesito que alguien me diga si para recurrir en casación ,al amparo del 849.2, es necesario , como dice la ley, indicar los folios, sin motivar, o como algunos dicen es mejor motivar(para la preparación). Ruego respuesta de algún compañero que haya llevado un tema por esa causa(error en apreciación de prueba) pues del 849.1 ya tengo experiencia.
Un saludo