Con o sin rebeldía, lo que se dice hay que acreditarlo. La ausencia del demandado no implica per se el reconocimiento de los hechos, ni tampoco que el juicio esté ganado. El juez NO te pide las pruebas: Las pruebas las proponen las partes y el juez, lo único que hace, es admitirla o inadmitirla. (Principio de Justicia Rogada)
Si has solicitado ya el interrogatorio del demandado entiendo que hablamos de un ordinario y que, por tanto, lo solicitaste en la Audiencia Previa. Por lo tanto, llegado el día de la vista sin que aquel comparezca se practicará la prueba admitida. Y, en cuanto a la testifical solicitada, te pueden suceder dos cosas:
1.-Que digas, llegado el momento de la práctica de la prueba de interrogatorio que se le tenga por confeso en los hechos alegados en la demanda y con eso el juez tenga suficiente.
2.- Que, hecho lo anterior el juez, además, te diga que plantees las preguntas que le hubieses realizado al demandado para el caso de haber comparecido.
Por lo demás, la vista transcurre sin más especialidades: Practicada la prueba, se te da la palabra para conclusiones y queda visto para sentencia.
Vereis peña. En un juicio que llevo sobre responsabilidad civil extracontractual he conseguido que después de un año Su Señoría me declare en rebeldía al demandado, porque estaba en paredero desconocido. En este pleito voy muy jodida de pruebas, es decir, no tengo muchas, y estoy un poco nerviosa por cómo se va a desenvolver. ¿Ha llevado alguien algún juicio en el que el demandado se declaró en rebeldía? ¿Son sencillos de ganar o aún así el juez te pide muchas pruebas? He solicitado el interrogatorio del demandado, porque he pensado que así, si no comparece, que será lo más probable, se le tendrá por confeso. Pero en fin, estoy hecha un follón. ¿Cuáles son vuestras experiencias?