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Reanudación Prestación por Desempleo

19 Comentarios
 
Reanudación prestación por desempleo
24/11/2012 10:33
Acabo de pedir una baja voluntaria el 30 de Septiembre tras 20 meses trabajados. Anteriormente tenía una prestación concedida por 12 meses de los que agoté 3 hasta incorporarme a este trabajo. En octubre he estado trabajando en Alemania de camarero y me he vuelto (también baja voluntaria). Mi pregunta es, ¿puedo 'reanudar mi prestación anterior'? Un saludo,
24/11/2012 17:22
Con lo fácil que es, personarse en el SEPE y.......
24/11/2012 17:26
De todas formas no tienes derecho a PRESTACION por desempleo.
Pero no obtante lo que hay que hacer es ir al SEPE.
24/11/2012 18:14
trola.

Ir al SEPE es fácil. Lo que no es evidente es que la persona que atienda a edutormol le pueda dar la información más adecuada para su caso.

En el caso de edutormol, me parece que actualmente no tiene derecho a prestación por desempleo.
Lo que no tengo nada claro es hasta cuando y de qué manera podrá reanudar la prestación por desempleo.

Me explico. Tengo claro que el motivo es haber solicitado la baja voluntaria.

Creo que antes de 3 meses, después de la baja voluntaria, no podrá tener derecho a prestación por desempleo.

Lo que no tengo nada claro es si:

- una vez transcurridos 3 meses desde la baja voluntaria, sería suficiente con que vuelva a estar en situación legal de desempleo (contrato por tiempo X).
- tiene que trabajar al menos 3 meses para poder reanudar la prestación por desempleo.
- la baja voluntaria que cuenta es la de septiembre (en España) o la de octubre (en Alemania).

edutormol, echa un ojo a este enlace.
http://www.citapreviainem.es/baja-voluntaria-y-paro/.

Un saludo.

24/11/2012 18:29
Siempre es recomendable pasar por el SEPE.
No obtante este señor no esta en situacion legal de desempleo y por tanto no tiene derecho.
24/11/2012 18:44
Para tener derecho a la prestación por desempleo hay que quedarse sin trabajo de forma involuntaria.
Dicho esto, se ha establecido que deben pasar al menos tres meses desde que se ha dejado un trabajo y le vuelven a despedir de otro.
¿Por qué? Pues por el abuso que se ha dado por parte de gente que está cansada de currar (como casi todo el mundo), pide la baja voluntaria y, a continuación le "contrata" el primo o el cuñao y le despide al día siguiente.
24/11/2012 18:53
OK. Creo que no, que no se puede reanudar entonces. Lo preguntaré de todas formas. Es que mi caso es 'de comic'. Me vendieron la moto de que en Alemania a los ingenieros se los rifaban, pero que había que estar por allí para tener más posibilidades. Abandoné mi puesto (indefinido) y me planté allí, en casa de un amigo. Lo único que hay son 'mini jobs' por todas partes, y rápidamente conseguí uno. Pero de ingenierías y contratos de calidad ... 0. Así que, de vuelta a la crisis. En fin, a buscar otro trabajo lo antes posible. Gracias por las respuestas!!
24/11/2012 19:04
Mosca. Tengo la impresión, después de haber vuelto a leer detenidamente el post de edutormol, de que no es su caso.

Conclusión:
edutormol. Tienen que transcurrir 3 meses desde la baja voluntaria, antes de que puedas solicitar la reanudación de la prestación por desempleo (lo que ya no sé decirte es si desde la baja voluntaria de España o la Alemania).
También, tienes que estar en situación legal de desempleo.
Es decir, podrás solicitar la reanudación de la prestación por desempleo, una vez transcurridos 3 meses y a la finalización de un contrato de trabajo LEGAL (no del colega de turno).

Un saludo a todos.
24/11/2012 19:10
Se han cruzado los post.
Un saludo.
24/11/2012 19:15
Pues lo mismo que he dicho yo. Debería encontrar otro trabajo y quedarse en situación de desempleo (real) transcurridos más de tres meses desde la última baja voluntaria.
Suerte para edutormol y saludos para todos.
24/11/2012 19:15
Esa historia de los 3 meses, todavía...
Será lo que llaman una leyenda urbana
24/11/2012 19:19
sancho.
¿Los 3 meses empiezan a contar desde la baja voluntaria de España o de Alemania?

Gracias.
Un saludo.
24/11/2012 19:27
Amperio, lo dicho en otros post, tras una baja voluntaria se tiene que acreditar situación legal de desempleo, que no depende del tiempo transcurrido ni del trabajado salvo en el caso muy específico recogido en el 208 LGSS: la baja en periodo de prueba a instancia del empresario no es situación legal de desempleo si no loera el cese laboral anterior o han transcurrido 3 meses.
Por ejemplo:
Baja voluntaria 31-07-2012 y despues en periodo de prueba 22-11-2012- Es situación legal de desempleo
Baja voluntaria 31-07-2012 y en periodo de prueba el 22-10-2012. No es situación legal de desempleo.

Esos son los únicos 3 meses establecidos legalmente.El resto, leyenda urbana.
24/11/2012 19:30
Cierto. Gracias Sancho.
Pero es más fácil que en el SEPE presupongan fraude si la nueva situación de desempleo se da antes de que transcurran tres meses, digo yo.
24/11/2012 19:32
Evidentemente,así es, cuanto más tiempo se trabaje menor presunción de fraude se puede establecer. Aunque he visto contratos de más de 1 año con un tufo...
Saludos
24/11/2012 20:37
sancho y edutormol.

edutormol. Ni tienes que esperar 3 meses ni conseguir un trabajo de 3 meses. Lo que tienes que hacer es volver a encontrarte en situación legal de desempleo.

Te cito art. 208.f de la LGSS.
" f.Por expiración del TIEMPO CONVENIDO o realización de la obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador."

SÓLO en el caso de que no superaras el periodo de prueba en el nuevo trabajo, si no hubiera transcurrido un mínimo de 3 meses desde el cese voluntario en el anterior contrato, no estarías en situación legal de desempleo.

Lamento haberte dado una información errónea.

Sancho. gracias por corregirme.

Un saludo.






24/11/2012 22:08
La pregunta es...¿puedo 'reanudar mi prestación anterior'?.
Y creo que la respuesta es no se puede reanudar la prestación puesto que tras 20 meses de trabajo (entiendo por cuenta ajena) puesto que ya está extinguido el derecho a la prestación reconocida (trabajó 12 o más meses).

En todo caso, si vuelven a reconocerle una prestación por desempleo (cumpliendo todos los requisitos del art. 207 LGSS) podrá optar entre percibir la prestación anterior por el tiempo que restaba y con las bases y tipos en su día reconocidos, o bien optar por la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Si opta por la prestación ya reconocida en su día las cotizaciones generadas tras la suspensión no se podrán tener en cuenta para un derecho posterior contributivo o asistencial.

Entiendo que lo que se expone es:
1) percibiendo prestación reconocida por 12 meses....a las 3 meses solicita suspensión por un nuevo empleo,
2) trabaja por cuenta ajena 20 meses, y causa baja voluntaria,
3) trabaja otro mes (o algo más en Alemania), y causa baja voluntaria.

25/11/2012 00:40
De acuerdo en que, A FECHA DE HOY, no tiene derecho a reanudar la prestación por desempleo. Tendrá que volver a estar en situación legal de desempleo.

Lo que ya no tengo tan claro es que, el hecho de haber trabajado 20 meses, haya generado un nuevo derecho a prestación por desempleo.
Creo que podría darse el caso de que, a pesar de haber trabajado 20 meses, no hubiera cotizado por 360 días a la SS (por ej, si trabajó con un contrato a tiempo parcial).

De todas formas, en mi opinión, dado que le quedan 9 meses por cobrar de la prestación que suspendió en su día, le interesará más optar por la reanudación de dicha prestación (a no ser que la cuantía sea muy inferior a la supuestamente generada por los últimos 20 meses trabajados).

Todo esto, siempre que edutormol se vea obligado a cobrar prestación por desempleo a corto plazo.

Salvo mejor opinión.

Un saludo.
25/11/2012 01:16
Rectifico.
Aunque haya trabajado a tiempo parcial, se considerarán los 20 meses trabajados como 20 meses cotizados.
Por lo tanto, tendrá que optar entre el antiguo derecho y el nuevo derecho cuando se encuentre en situación legal de desempleo.

Un saludo.
25/11/2012 08:32
Si se vuelve a encontrar en situación legal de desmpleo, las cotizaciones de Alemania también cuentan. Por lo que debería ir haciéndose con el documento U1.
De hecho, si hubiea venido de Alemania con una baja involuntaria, como "emigrante retornado", hubiera podido solicitar (aportando el documento U1 de los servicios de empleo de Alemania) la prestación por lo cotizado anterior a la salida al extranjero. Como tiene cotizado superior al año y tiene pendiente una prestación anterior, se produciría la opción.
Saludos.