Hola Vicentito. El contrato de arrendamiento con opción de compra es un contrato de arrendamiento normal con la singularidad de que se pactan condiciones para la venta de la vivienda arrendada.
Por tanto si en el contrato se pacta el derecho del arrendatario a Subarrendar la vivienda usted podrá hacerlo. En la práctica lo habitual es que el Subarriendo deba ser autorizado por escrito por la parte arrendadora.
Estoy gestionando la compra de un piso con las siguientes condicones:
Una cantidad inicial a cuenta y tres años de alquiler con derecho a compra en un plazo de tres años formalizar escrituras. Durante este periodo de arrendamiento, ¿ podría yo arrenda o subarrendar el piso ?.