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Realizacion pruebas medicas sin consentimiento

2 Comentarios
 
Realizacion pruebas medicas sin consentimiento
28/05/2010 18:09
Hola. De nuevo vuelvo a pediros ayuda sobre otra de las continuas tropelias que esta haciendo mi ex mujer y que estan definitivamente terminando con mi paciencia, dandome ganas de tomarme la justicia por mi mano, puesto que en este país justicia no hay.

El caso es que mi ex mujer ha solicitado y realizado pruebas médicas de especial importancia para mi hija, puesto que la niña tiene un problema, sin consultarme ni pedirme consentimiento y sin informarme de la cita por lo que no he podido acudir a la misma ni estar al lado de mi hija en la realización de esta prueba tan importante para la salud de mi hija. Yo hace meses notifique por escrito al hospital que cuando le fuesen a realizar a mi hija tales pruebas me informaran y no se le realizaran hasta que yo diese mi consentimiento, pero ellos tampoco me han informado.

Entiendo que principalmente es responsable mi ex mujer porque como obligaciones de la patria potestad es informar y consensuar la realización de pruebas médicas de trascendencia (aunque viene con otras palabras), aunque también pueda tener responsabilidad dicho hospital.

¿Como puedo denunciar a mi ex mujer y que le pasaría?.
¿y de que forma se puede denunciar al doctor u hospital que le ha realizado las pruebas igualmente sin informarme ni pedirme consentimiento, cuando previamente les avisé que lo hicieran?

Gracias de antemano.

Igualmente esta incumpliendo reiteradamente el régimen de visitas y todo unido me está haciendo perder mi paciencia hasta ahora infinita.
28/05/2010 23:07
Hola:

Unpadre, si presentó escrito ante el hospital y conserva copia sellada puede actuar contra el hospital de dos formas:

1.- Denuncia ante la Agencia Española de Protección de datos. Infórmese en el enlace:

http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php

2.- Denuncia por vía penal al amparo del 511 CP:

“Artículo 511.

1. Incurrirá en la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años el particular encargado de un servicio público que deniegue a una persona una prestación a la que tenga derecho por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, SITUACIÓN FAMILIAR, enfermedad o minusvalía.

2. Las mismas penas serán aplicables cuando los hechos se cometan contra una asociación, fundación, sociedad o corporación o contra sus miembros por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía.

3.Los funcionarios públicos que cometan alguno de los hechos previstos en este artículo, incurrirán en las mismas penas en su mitad superior y en la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de dos a cuatro años.”

Contra su ex sería más complicado. En la práctica, aunque exista esa obligación del progenitor custodio de informar sobre todos los aspectos significativos de la vida del menor al no custodio, es difícil actuar, a menos que esté recogido claramente este punto en la correspondiente sentencia de separación o divorcio, en cuyo caso, al igual que el incumplimiento del régimen de estancia y comunicación, sería denunciable al amparo del 618.2 CP. En el caso de incumplimiento de dicho régimen procede la denuncia de cada incumplimiento en dependencias policiales o en el juzgado de guardia.

Y no lo olvide, en estos temas, precisamente la paciencia es de lo que hay que ir bien provisto y actuar. Llegará a chocar contra el muro de la ignominia, la vergüenza nacional que todos estamos padeciendo, pero torres más altas han caído.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
30/05/2010 11:24
Mmmm, no veo viable la reclamación al hospital puesto que tampoco avisan a veces ni cuando es uno el paciente. Le alegarán que los servicios han funcionado con normalidad y que si tuvieran que avisar a todos los padres separados o divorciados de España no se dedicarían a nada más. En realidad, la responsable es su esposa quien puede firmar el consentimiento sin problema teniendo la patria potestad de la menor y además, la custodia. Otra cosa es su actitud hacia Vd. y hacia su hija. Denunciarlo ahora no va a servir de nada, pero si puede acercarse al hospital y pedir por escrito el resultado de las pruebas de su hija, el tratamiento e incluso cita para hablar con el médico que aconsejó la prueba para que le haga un informe, ahi si que tendrá responsabilidad el hospital si se las deniegan, y al mismo tiempo, reclamárselas a ella de manera que quede constancia porque si pasa un tiempo prudencial sin que le comunique nada, podrá ejecutar la sentencia para se cumpla en sus términos y vaya quedando constancia del reiterado incumplimiento.
Un saludo.