Buenos dias, llevan años queriendo hacer un baño comunitario en la zona de la piscina, en nuestra comunidad de vecinos. Los votos siempre han sido la mayoria a favor pero como ha habido gente que ha votado en contra y se supone que esto es un cambio estructural no necesario para la cuminidad, hace falta unanimidad, asi que por este motivo no se ha llevado a cabo.
Ahora bien con la entrada del nuevo administrador y tras presiones de la junta de gobierno, en la cual estoy, de que buscara una solucion para que el baño se realizara. Este administrador dice que se podria reealizar por ser mayoria cualificada y que sino uno de los vecinos que no esta de acuerdo que impunge que cuando la impugnacion se lleve a cabo el baño ya estara hecho.
No estoy de acuerdo con esto, refiriendome a la la manera de realizar, porque como represente de los vecinos pienso que esto debe ser transparente.
Yo pienso que este es uno de los casos "de interés general" que contempla la LPH, por lo que se podría aprobar por mayoría cualificada de 3/5, como parece que también opina su juevo administrador.
Evidentemente, no puedo estar de acuerdo con la postura del administrador, "que impugnen que ya estará hecho", esa es una mala forma de administrar una comunidad. Si la Ley lo permite se hace, y si no, pues no.
No entiendo lo del cambio estructural ¿Es necesario una nueva construcción, o el aseo se realizaría en espacios ya construidos?
¿Es necesario una nueva red de saneamiento, o seria injertar a red ya existente?
Gracias. No es necesario construir ningun aseo, simplemente algunos vecinos desean que se haga un aseo cerca de la piscina para no tener que subir a su casa a orinar.
Es un espacio con cesped que se dedicaria al aseo , no hay saneamiento y seria coger la red que pasa por debajo en los garajes.
Consulten el reglamento de piscina en Comunidades de Propietarios, en la Consejería de Sanidad del Gobierno Autónomo.
Seguramente el establecimiento de aseo, es obligatorio.