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Real decreto que prorroga la suspensión de desahucios hasta 2028

6 Comentarios
 
19/08/2024 23:34
Es que ya hay gente viviendo bajo un puente. Chabolismo in crescendo.
A ver si siguen bajando las hipotecas.
19/08/2024 22:14
Yo si lo creo. Si las cosas van mal irán peor, es wue soy muy pesimista. Cuando la gente tenga que vivir debajo de un puente ya veremos si hacen algo.
19/08/2024 16:57
A mi me da toda la pinta de que esa norma y sus prórrogas van a quedarse ahí por un buen tiempo hasta que la escasez de vivienda en alquiler sea tal que el gobierno de turno piense en cambiarla, y aún así, ya veremos si lo termina haciendo.
19/08/2024 14:29
Gracias, aclarado entonces.
Para los alquileres, ¿cree Vd. que lo prorrogarán también, Obsidiana? ¿Antes de que acabe el año?
17/08/2024 15:49
Efectivamente Obsidiana lleva razón:
1.- la suspension del año 28 es para deudores hipotecarios, es decir, para personas que no han podido pagar la hipoteca y a las que se les suspende el lanzamiento durante el procedimiento de ejecución. (Nota: en la práctica esa suspensión es fácilmente evitable de modo que nadie piense que si deja de pagar la hipoteca va a poder quedarse en su casa hasta el 2028).
2.- en cambio la del 2024 es, esencialmente, para desahucios por falta de pago.
17/08/2024 15:42
Si no me equivoco, y si no que me corrijan, ese decreto habla de desahucios hipotecarios, Los desahucios de arrendamiento son hasta el 31 de diciembre de 2024, aunque acabarán prorrogandolos también hasta el 2028.
Real decreto que prorroga la suspensión de desahucios hasta 2028
17/08/2024 14:12
Enlace:

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/19147-asi-es-el-real-decreto-que-prorroga-la-suspension-de-desahucios-hasta-2028/

Para arrendatarios vulnerables severos.
Otras fuentes citan el 31 de diciembre de 2024 para desahucios.
¿Cuál es la información correcta para estos supuestos?


Saludos.