Es algo a lo que llevo todo el día dando vueltas. Al principio pensaba en un error de los periodistas, pero en la página del Congreso lo he confirmado. Las reformas urgentes para la reforma de la Negociación Colectiva ha sido presentada en el Congreso con forma de Real Decreto Ley.
Alguien puede explicarme el motivo por el cual el Gobierno ha adoptado dicha reforma mediente Decreto Ley y por qué el Congreso lo ha admitido, dado que el derecho a la negociación colectiva se encuentra regulado en el Art. 37 de la Constitución y por tanto el en Título I, lo que está vetado para ese tipo de norma por el artículo 86.1 de la Norma Fundamenta.
Gracias.