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Real decreto-ley 20/2012

3 Comentarios
 
Real decreto-ley 20/2012
26/07/2012 09:50
Buenas días:
Quería saber si con esta nueva normativa (Real Decreto-Ley 20/2012 MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y EMPLEO (TITULO II), "todos los conceptos que cotizan a IRPF, cotizarán también a la seguridad social"; entran aquí todos los conceptos o hay alguna
excepción?
Desde cuando hay que aplicar esta normativa?

En el Real Decreto -Ley 20/2012 en
MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y EMPLEO (TITULO II) dice:
Se adecua la regularización de los conceptos no computables en la BASE DE COTIZACION a la
Seguridad Social a lo previsto en el ámbito tributario, procediéndose a
homogeneizar la normativa de seguridad social en las previsiones contenidas en
la ley 35/2006 del IRPF, de tal manera se argumenta en el Preámbulo del RDL- que
aquellos conceptos que son considerados como renta en la normativa tributaria, y
como tal tributan a efectos del IRPF, sean incluidos también en la base de
cotización..........

Gracias
26/07/2012 13:24
Conste que no me lo he leído y no voy a darte una contestación a lo que preguntas (aunque si la norma dice que todas, serán todas, aunque en este mismo Foro me parece que he visto una relación de excepciones), pero relacionado con ese Real Decreto-Ley, las bonificaciones se han suprimido casi totalmente, y eso concretamente entra en vigor para los seguros sociales de Agosto 2012.

Por decir algunas que a nosotros nos afectan están contratos de conversión de temporales en indefinidos de mayores de 45 años que llevamos bonificando desde 1.999, contrato realizado con minusválido del año 2006, bonificaciones de mayores de 60 años (sin embargo, y a falta de comprobarlo más exhaustivamente, no eliminan una REDUCCIÓN, que no bonificación de un mayor de 59 años), bonificaciones por conversión de contratos en prácticas en indefinidos.

Eso así, a bote pronto.

Un saludo.
26/07/2012 13:35
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl20-2012.html

Mira el artículo 17, el cual modifica el 109 de la Ley General de seguridad social.

Si no me equivoco, entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Un saludo.
26/07/2012 14:51
BUenas Tardes

Fmin justo un poco más abajo de tu post hay otro tema abierto con preguntas parecidas. Te dejo el enlace

http://www.porticolegal.com/foro/laboral/957435/cotizacion tras reforma

Un saludo