Buenas me dirijo a ustedes para solventar mi siguiente duda.
Soy Peruano,nacionalizado español,y quisiera reagrupar a mi madre de 66 años,residente en Peru,hace un año quedo viuda y recientemente ha tenido un ictus,que la invalida bastante.
Me han comentado en extranjeria que el tramite de reagrupacion al ser yo español,lo tiene que hacer mi madre en el Consulado de España en Peru,esto es asi?
Tengo un poco de temor pues antes de ser yo español,intente traer a mis padres (en aquel momento vivia tambien mi padre),con visa de turismo y me denegaron pues mis padres no son personas adineradas y les pidieron propiedades y cuentas bancarias,etc.
No se si ahora cabe la posibilidad de que me denieguen,aunque parece que a ella no le piden nada mas que el pasaporte,soy yo el que parece que tengo que enviar la documentacion que me piden,pero en el estado de salud que tiene mi madre espero que no me lo denieguen al ser yo español.Me gustaria que me informara un poco acerca del tema.
Muchisimas gracias de antemano
Hola. Desde que usted adquirió la nacionalidad española, mientras esté en territorio de España es solo español y debe presentarse y actuar como tal en todo momento ante las Administraciones Puúblicas españolas. Por tanto, usted ya no será ante el Consulado de España en el Perú un peruano residente legal en España que pretende reagrupar a su madre peruana, sino un español que solicita que se expida visado para que su madre venga a España a reunirse con usted, ya que vive a su cargo.
Usted debe enviar lo siguiente:
1.- Copia testimoniada por notario de su DNI español.
2.- Certificación literal de su inscripción de nacimiento como español.
3.- Certificado de empadronamiento actualizado.
4.- ACTA NOTARIAL DE MANIFESTACIONES, por medio de la cual usted declara y hace constar que es su voluntad que su madre (a quien tiene que identificar mediante sus nombres y apellidos completos y de ser posible, con el número de documento de identidad peruano, que permita individualizarla) venga a España a reunirse con usted y que asume el compromiso de hacerse cargo de su sustento. Sin que sea preciso, puede mostrar al notario, para que deje constancia en acta, los medios de vida de los que usted dispone.
Su madre tendrá que adjuntar otros documentos generados en su país, debidamente legalizados. Pueden solicitarle que acredite que ha estado, en efecto, recibiendo envíos de dinero por parte de usted y que esos envíos han venido constituyendo para ella un medio necesario y no prescindible para su subsistencia.
Ahora las cosas son diferentes: usted ya es español.