1.- Si su hija es menor de 21 años, le resulta aplicable de pleno derecho el régimen comunitario. Pero, es necesario que usted ejerza la patria potestad en solitario o que tenga atribuida la custodia de la menor, mediante sentencia judicial firme, expedida en su país.
2.- No es necesario que tramite visado alguno, ya que la visa solo es necesaria para las personas sujetas al régimen comunitario a quienes se les exige por su nacionalidad.
3.- Lo que debe hacer es, en cuanto llegue, solicitar cita previa para presentar la solicitud, junto con los documentos que acrediten que es hija suya, que usted ejerce la patria potestad en solitario o tiene atribuida la custodia y que usted es pareja de hecho registrada con una persona de nacionalidad española.
Cuando usted haya cumplido 2 años de residencia legal en España, podrá solicitar la nacionalidad española por residencia. Si para cuando usted jure la adquisición de la nacionalidad, su hija sigue siendo menor de edad, puede optar por la nacionalidad española y de ese modo, adquirir la nacionalidad por opción.
hola amigos muchas veces me han ayudado con varias de las consultas que he tenido y regreso otra ves aquí para molestarles un poco mas bueno mi consulta es la siguiente:
-.- mi deseo es traerme a mi hija de Honduras a España a vivir con migo y que estudie aquí y me gustaría saber que movimientos tengo que hacer
-.- yo tengo la tarjeta comunitaria por pareja de hecho con mi novia española.
-.- a los hondureños todavía no nos piden visado para venir a España debo traerla he iniciar aquí los papeleos para sacarle documentación y para que estudie o debo hacerlo primero antes que ella se venga con migo
-.- a mi novia no le molesta que yo desee traerme a mi hija de honduras