Si el señor ecuatoriano está casado con una persona que tiene nacionalidad española, le corresponde que le sea aplicado el régimen comunitario. Y si no ha cambiado la tarjeta, debe hacerlo cuanto antes.
Y, al mismo, tiempo, es posible que a los hijos menores de 21 años, se les aplique el régimen comunitario. En este caso, no se debe hacer trámites de reagrupación familiar, en régimen general, que supone un procedimiento previo en la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, sino que lo procedente es que los hijos, asistidos por su representante legal los menores de edad, soliciten directamente el visado en el Consulado de España que corresponda. El padre, junto con su cónyuge española, tendrán que otorgar, ante notario español, un acta notarial de manifestaciones, por la cual expresen que es su voluntad que sus hijos vengan a reunirse con ellos a España y simplemente, indicar que se comprometen a hacerse cargo de su manutención.
Luego, con el acta de manifestaciones, más copias testimoniadas por notario del DNI español de la cónyuge, la tarjeta de identidad de extranjero como familiar de ciudadano de la Unión del señor ecuatoriano y el certificado literal de matrimonio de ambos, más los certificados literales de nacimiento de los hijos en Ecuador, deben solicitar el visado, directamente, como familiares de ciudadano de la Unión.
El visado para familiares de ciudadano de la Unión es gratuito y tiene tramitación preferente.
Para salir de Ecuador: si la madre vive y no está privada de la patria potestad, debe consentir en la salida de sus hijos menores de edad. Si ha fallecido, debe aportarse el certificado de defunción.
Una vez en España, los menores deben solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión.
Condedecartagena: Hola, soy español y tengo un amigo que es ecuatoriano, él tiene tarjeta temporal pero está casado con una boliviana que tiene nacionalidad española. Él estaba haciendo trámites para traer a sus dos hijos a españa haciendo una reagrupación familiar, y justo ayer por la mañana me llamó diciendo que su madre acababa de morir allí en Ecuador, que habia ido a inmigración para ver los trámites de reagrupación como iban y dice que le han dado cita para dentro de 1 año!!! imagínese lo desesperado que está, porque su madre se hacia cargo de sus hijos allí y él me ha comentado escribir al defensor del pueblo comentándole el caso porque el plazo le parece más que excesivo rozando la ilegalidad. Me podría ayudar en ésto para que yo le pueda decir todo lo que vd. me diga a mi??? Muchas gracias con antelación por todo.
Hola Condedecartagena, como veo que ud. conoce sobre estos temas necesito hacerle una pregunta. Mi hijo y yo somos comunitarios con pasaporte italiano. Mi hijo vive en Málaga y desea que yo viva allí A SU CARGO. Quisiera saber si él puede obtener algún beneficio por ese motivo como por ejemplo que le descuenten menos impuestos sobre su sueldo. Desde ya muchas gracias!
Muchas Gracias condedecartagena, agradecemos sus respuestas y el tiempo dedicado.
Nos ha servido de mucha ayuda, le mantendremos informado de como nos ha ido, la verdad que el no saber como funciona nos hace ser un poco pesados.
Reciba un cordial Saludo
Hola. Sí, podría. Pero se la darán, presentando todos los documentos que se exige, completos y sin defectos de forma (por ejemplo, falta de legalizaciones), tendrá la tarjeta. Están dando, al menos en Barcelona, el mismo día, si todo está completo, una comunicación con fecha a partir de la cual se puede comparecer a la Comisaría de Policía a hacerse expedir la tarjeta.
Hola. El modelo para familiares de ciudadano de la Unión es el EX-16, no el EX-07, que es para régimen general. Puede descargarlo de la siguiente ruta, de la página web del Ministerio del Interior:
Debe rellenar, donde dice TARJETA DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN, la casilla que dice ASCENDIENTES A CARGO.
Donde dice DATOS DEL FAMILIAR QUE DA DERECHO A LA APLICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO, debe consignar los suyos (entiendo que usted es española).
Por otro lado, no sería conveniente que mostrara los ingresos que la señora percibe desde su país. Debe quedar acreditado, ante autoridades españolas, que ustedes son los únicos familiares que tiene la señora y que ella depende económicamente de ustedes, casi, de forma exclusiva.
No olvide aportar su DNI español y la tarjeta de residencia de su marido. Y llevar, igualmente, su certificado de empadronamiento y en la medida de lo posible, un certificado de convivencia (se solicita en el Ayuntamiento, ahí mismo donde se pide el certificado de empadronamiento, se puede pedir uno de convivencia).
Entiendo que los documentos argentinos han venido con la correspondiente Apostilla de La Haya, porque de lo contrario, no podrán hacerse valer ante autoridades españolas.
Puede ayudarse siguiente las indicaciones de la siguiente HOJA INFORMATIVA de la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia de Barcelona (los requisitos son los mismos en toda España):
Gracias condedecartagena, perdone que le robe un poco mas su tiempo nosotros tenemos preparado para llevar a delegacion de gobierno lo siguiente:
2 papeles rellenados me parece que uno es EX7
en el otro no me pone modelo.
Certificado de empadronamiento de ella y el de mi marido.
El certificado de defuncion de mi suegro (para que vean que no tiene otro familiar en Argentina)
Certificado con apostilla de la Haya del matrimonio de mis suegros.
Certificado de nacimiento de mi suegra
Certificado de nacimiento de mi marido.
Libro de familia de mi marido y mio
Contrato de trabajo de mi marido y nominas
Libreta del banco
Contrato del piso
Ella está recibiendo de pensiones de Argentina al cambio unos 600€.
Usted cree que nos falta algo mas?
Agradecemos desde ya su ayuda
Un saludo
Hola. En efecto, lo que usted dice sería en parte correcto si se tratara del régimen general. En él se exige, fundamentalmente, al momento de tramitar el visado en el Consulado de España, que la persona no se encontrara o hubiera encontrado en España en SITUACIÓN IRREGULAR, porque es causa de inadmisión a trámite.
Pero el caso que usted expone, no se encuadra dentro del régimen general, sino dentro del régimen comunitario (la señora es, por lo que usted ha comentado, madre de un ciudadano extracomunitario, casado con usted, por tanto beneficiario del régimen comunitario y además, se cumple el requisito de que vive a cargo de ustedes).
Constate que no falten las certificaciones literales de nacimiento, que son la prueba de la filiación y tampoco el certificado literal de matrimonio.
Muchas gracias condedecartagena, estamos haciendo todo tal y como usted nos lo expuso en un post anterior, y no ha habido ningún problema lo único que nos daba miedo ir con ella porque pensamos que al estar ilegal no podía ir a delegación del gobierno, ya que pensamos que ella para poder reagruparla tenia que estar en su pais.
Un saludo
Hola. Puede ir usted con las debidas autorizaciones. Si usted es española, mucho mejor, ya que podrá corroborar que, efectivamente, la señora vive a cargo de usted y de su cónyuge.
Ella es la interesada, es fundamental que vaya.
La documentación tiene que estar absolutamente completa y la solicitud correctamente cumplimentada, por duplicado.
No olvide llevar sus medios de vida (contrato de trabajo y nóminas, certificaciones bancarias, tarjetas de crédito con estados de cuenta, etc.).
Hola tengo una duda a ver si me la podéis aclarar.
Estamos reagrupando a mi suegra el día 31 tenemos que llevar todos los papeles y por motivos de trabajo mi marido no puede ir es su madre, si voy yo con todo firmado por el y una autorización de el para entregar los papeles lo puedo hacer yo? y si ella me acompaña pasa algo? ella ahora mismo está ilegal.
Muchas gracias