Aunque he leido varias respuesta de ese foro,muy acertada,tengo dudas en mi caso.Resulta que tengo la ciudadania española desde 2009.Mi esposa tiene la residencia desde el 2012.En Cuba quedo nuestro hijo.El cual se encuentra anotado en el libro de familia.Dsde que llegamos lo estamos manteniendo desde aca.ya que el pidio la liberacion como medico,pero tenia que esperar 5 años para la salida segun legislacion Cubana.Desde el 14 de Enero de este año,los medicos en Cuba pueden salir cuando lo deseen.Tanto su madre como yo lo queremos reagrupar por regimen comunitarios.La duda es las pruebas fehaciente que dice el procedimiento para hijos a cargo de mas de 21 años.El esto momento no esta trabajando en Cuba por pedir la liberacion que es como unico,le dan los documentos de estudio para la homologacion,para otro pais.Como puede ver,,las leyes de cada pais,pueden entorpercer el procedimiento, contraria al del otro.
Pido a ud cual seria la mejor via para traerlo a este pais,ya que conozco caso en el consulado de la Habana que lo han denegado.saludos.osmel