Muchas gracias, pertenecen a Guayaquil, voy a ponerme en contacto en esa dirección, lo que parece más complicado a bote pronto es el tema del juzgado, que tienen que ir al juzgado. Gracias por vuestra ayuda.
La tramitación y expedición del visado, en régimen comunitario, es GRATUITA. Pero debe solicitar cita previa. En Ecuador hay actualmente dos Consulados Generales de España, uno en Quito y otro en Guayaquil, ambos con competencia para expedir visados (antes solo la tenía el de Quito), aunque ejercen competencia territorial, según la demarcación que tienen establecida, de modo que dependerá del lugar del domicilio de los interesados, para determinar el Consulado ante el que se debe tramitar (antes todos los visados se tramitaban solo en el Consulado de Quito y la gente de todo Ecuador estaba obligada a ir forzosamente a la capital, pero ahora no es así). La demarcación consular es:
Consulado de España en Quito, comprende las siguientes provincias:
Bolívar, Carchi, Chimborazo, Cotopaxi, Esmeraldas, Imbabura, Morona-Santiago, Napo, Orellana, Pastaza, Pichincha, Sucumbíos, Tungurahua, Santo Domingo de los Tsáchilas.
Consulado General de España en Guayaquil, tiene como demarcación consular las siguientes provincias:
Guayas, Santa Elena, El Oro, Los Ríos, Galápagos, Manabí, Cañar, Azuay, Loja y Zamora- Chinchipe.
Debe solicitarse cita previa:
Consulado General de España en Quito
Calle la Pinta 455 y Amazonas.
Quito - Ecuador
1.- Teléfono: 00593 2 255 57 33
2.- Fax: 00593 2 223 47 18
3.- Correo electrónico: cog.quito@maec.es o en la 4.- Personalmente, en Ventnilla de Información del Consulado.
Consulado General de España en Guayaquil:
En Guayaquil, las citas previas para reagrupación familiar en régimen comunitario, SOLO se solicitan y se asignan vía correo electrónico; debe indicarse datos exactos de identidad, números de cédula de ciudadanía y teléfono de contacto. Una cita por solicitud:
cog.guayaquil@maec.es
Con todo, las señas para contactar con el Consulado General de España en Guayaquil, por si necesitase hacerlo son:
Consulado General de España en Guayaquil
Vélez Nº 10 y Tungurahua
Guayaquil - Ecuador
Teléfono: (00593) 4-6017460
Fax: (00593) 4-2453024
El impreso oficial para solicitar el visado lo puede descargar de la siguiente ruta.Debe tener varias fotografías de carné listas :
http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Quito/es/MenuPpal/Informacióngeneral/Documents/Formulario de solicitud de visado nacional.pdf
Nuevamente, se recalca: NO DEBE PEDIRSE CITA PREVIA EN CUALQUIER AGENCIA DEL BANCO DE GUAYAQUIL, como sucede con otro tipo de visados y TAMPOCO HAY QUE PAGAR NADA, el visado de reagrupación familiar en régimen comunitario es GRATUITO. Solo se insiste mucho en que las personas, para ahorrar tiempo y que sus documentos sean despachados con agilidad (porque los comunitarios, a la vez, gozan de preferencia), presenten la documentación absolutamente completa, en orden y sin defectos de forma (como por ejemplo, falta de legalizaciones con la Apostilla de La Haya de documentos ecuatorianos).
Le paso las rutas hacia los Consulados Generales de España en Guayaquil y Quito:
1.- Respecto del hijo menor de edad, debe tener presente que para que el Consulado de España le pueda expedir el visado y a la vez el menor pueda salir del Ecuador, debe presentar Resolución expedida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia acreditando que el reagrupante (usted) tiene atribuida la custodia del menor, de ser el caso, original con firma de Juez o Secretario, certificada por el Consejo Nacional de la Judicatura o por la respectiva Corte Superior de Justicia y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
Como el padre del menor aún vive, en principio, tendría que consentir que el menor saliera del país. Pero si lo ha abandonado, tendrá esta circunstancia que ser suficientemente acreditada ante el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia competente, indicando que usted, su madre, reside en España y desea que su hijo venga a vivir con usted, pues no tiene a nadie más en el Ecuador.
2.- Certificados literales de nacimiento de ambos hijos.
3.- Cédula de ciudadanía de ambos.
4.-Pasaporte en vigor de ambos (el menor de edad, si no tiene pasaporte, deberá obtener primero cédula de ciudadanía y contar con su autorización, como madre, para que pueda serle extendido el pasaporte, porque es menor de edad y los menores de edad necesitan el consentimiento de sus padres para poder obtener pasaporte).
5.- Para el hijo mayor de edad: certificado de antecedentes penales de Ecuador (récord policial). Debe obtenerlo cuando ya esté próximo a presentar el expediente, pues solo tiene una validez de tres meses.
6.- Documentación que acredite que el hijo mayor de edad vive a su cargo ( es importante que esta circunstancia quede suficientemente acreditada, porque se trata de una persona adulta, no es el mismo caso del hijo menor de edad, al que se presume que usted alimenta, por tener esa obligación impuesta por la Ley). Si le ha estado enviando dinero, puede adjuntarse los comprobantes de envío o de transferencias bancarias, tanto las efectuadas desde España como las certificaciones de que se lo ha recibido en Ecuador.
La documentación ECUATORIANA debe estar legalizada con la Apostilla de La Haya (no olvidar este detalle, porque sino los documentos ecuatorianos tendrán defectos de forma y no podrán hacerse valer ante el Consulado de España). En Ecuador la Apostilla de La Haya la coloca el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Hola. Respecto del hijo menor de edad, debe ejercer usted la patria potestad en solitario. Respecto del mayor de 21 años, debe acreditar que depende económicamente de usted (porque es mayor de 21 años y respecto de los hijos mayores de esa edad, debe quedar acreditada dependencia económica).
Con todo, es importante que aclare el motivo por el que tiene tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Si es por ser cónyuge o pareja de hecho registrada de un ciudadano de la Unión, el camino es mucho más fácil, ya que a sus hijos se les puede hacer extensivo el régimen comunitario. Pero si usted es hija de un ciudadano de la Unión, dependiente de su progenitor, entonces no podrá hacérseles extensivo el régimen comunitario, sino que tendrá que reagruparlos en régimen general.
Si usted es cónyuge o pareja de hecho registrada de un ciudadano de la Unión, el procedimiento es :
EN ESPAÑA:
1.- Usted y su cónyuge o pareja de hecho registrada ciudadano de la Unión, ante notario español, deben otorgar un acta de manifestaciones, en la cual expresen su deseo de que sus dos hijos ecuatorianos vengan a residir con ustedes en España, al mismo tiempo que se comprometen formalmente a hacerse cargo de la manutención de cada uno. Deben individualizarlos, en la medida de lo posible, señalando el documento de identidad de Ecuador (cédula de ciudadanía) o número de pasaporte. Al mismo tiempo, es conveniente que exhiban al notario, para que siente razón en el acta, los medios de vida con los que cuenten, así como el contrato de arrendamiento de la vivienda o título de propiedad.
2.- Debe solicitar también que el notario español testimonie (esto es en España lo que en jerga coloquial de Ecuador llaman "notariar" o "notarizar") la copia de su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión y de su pasaporte ecuatoriano y lo propio respecto de su cónyuge o pareja de hecho: DNI o documento de identidad de su país , si es ciudadano de la Unión no español, además, su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
3.- Certificado literal de nacimiento de su cónyuge o pareja de hecho registrada, expedida por el Registro Civil del país del cual es nacional. Si su cónyuge o pareja de hecho no es español, cuide lo relativo a las legalizaciones y traducciones oficiales al castellano, si es el caso.
Y también, su certificado literal de nacimiento (como usted es ecuatoriana, lo tendrá que hacer solicitar en Ecuador, no olvide que debe estar legalizado con la Apostilla de La Haya).
4.- Certificado literal de su matrimonio con el ciudadano de la Unión, expedido por el Registro Civil del país del cual es nacional o si es pareja de hecho registrada, certificado en tal sentido del Registro donde estuvieran inscritos.
Si se casó en país europeo diferente de España, debidamente legalizado según proceda y traducido si cabe (hay documentos de ciertos países europeos signatarios de determinados convenios especiales, de ámbito europeo, que no exigen legalización ni traducción oficial, porque vienen expedidos en formato pluriligüe).
5.- Certificados de empadronamiento suyo y de su cónyuge o pareja de hecho registrada.
6.- Poder especial, otorgado ante notario español, para que un representante, en su nombre y representación, efectúe los trámites y gestiones ante el Consulado de España y poder de procuración para que haga las gestiones pertinentes ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia en lo relativo a su hijo menor de edad (preferiblemente , el apoderado debería ser un abogado ecuatoriano, al que debe identificar suficientemente con su número de cédula de ciudadanía y número de matrícula del Colegio de Abogados al que pertenezca).
LA DOCUMENTACIÓN ANTERIOR DEBE TENER UNA ANTIGÜEDAD NO MAYOR A TRES MESES.
Los papeles lo tienes que mover aqui en España. Debes solicitar un Permiso de Residencia temporal a favor de los miembros que deseas reagrupar.
Tienes que aporta copia de tu pasaporte , copia compulsada de tu contrato de trabajo o que cuentas con recurso económicos y la documentación original que acredite que tiene una vivienda adecuada para que vivan aquí tus hijos.
Por parte de tu hijo copia completa de todo el pasaporte, copia de la documentación que acredite que es tu hijo. Ademas que dependen de ti tanto legalmente o económicamente, no tendrías problema puesto dice que están solos allí.
Esta documentación tiene que estar apostillada o legalizada por el ministerio de asuntos exteriores y la embajada española en su caso.
Me temo que solo puedes reagrupar a tu hijo menor de edad, pues que la ley solo permite a los menores de edad.
En esto sitio hay mas información http://telejurista.com/?p=265
Ecuatoriana con tarjeta de residente comunitaria que quiere reagrupar a sus dos hijos uno menor y otro de 21 que viven en Ecuador, necesito saber cual es el papeleo que tienen que presentar en el consulado de Quito para que le expidan el visado. Muchas gracias, es un poquito urgente ya que están solos pues su padre los abandonó y están solos.