me encuentro en una situacion parecida, quiero reagrupar a mi esposa que vive en peru y en el consulado de España en Peru me piden que envie una carta simple donde la pido, pero cuando fui al notario acá me dijo que eso lo tiene que hacer el ayuntamieto, y que si en dos semanas no lo hacen, recien me lo puede hacer el notario, me pueden ayudar a resolver esa duda , porque otra persona me dijo que eso del ayuntamineto no es necesario , que eso simplemnte lo tengo que hacer yo y luego legalizarlo ante un notario, por favor si tiene conocimineto repondame, gracias
Lo que te están pidiendo es una justificación documental de que dispones de una vivienda adecuada, este informe deberá ser expedido por la Corporación local de us lugar de residencia,(Ayuntamiento), y si efectivamente en el plazo de 15 días no emiten este informe, lo que se acredita con la solicitud, es entonces cuando cuando puedes acudira al notario.