Hola, conozco a una chica Cubana, casada con un Español en España y con una hija en común nacida también aquí, con Tarjeta de Residencia de familiar Comunitario.
Su Madre está aquí con permiso de visita.
Le ha estado enviando dinero desde hace 6 años pues la madre vive sola allí, pero tiene 62 años.
Cual sería la mejor opción para poder regularizar a la Madre???.. Reagrupación? Comunitaria?...
Muchas gracias...
Le corresponde el régimen comunitario: art. 2.d) del R.D. 240 /2007. Según entiendo ya está aquí, en España. Entonces lo único que tiene que hacer es solicitar la tarjeta de residencia comunitaria en el plazo de 3 meses desde su entrada.
Le dejo el link con la hoja informativa donde se explican todos los requisitos detalladamente:
http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/103.pdf
Si, la Madre está aquí y pensaba prorrogar la carta de invitación hasta el máximo legal que sería hasta mayo más o menos, con lo cual tendría tiempo más que de sobra para tramitar los papeles... además se trajo de Cuba todos sus papeles: acta de nacimiento, pasaporte en vigor, etc....
Entonces se podría acoger al régimen comunitario sin problemas???
Le copio el artículo al que me referí antes, para que no le quepan dudas:
Art. 2. del R.D. 240 /2007
El presente real decreto se aplica también, cualquiera que sea su nacionalidad, y en los términos previstos por éste, a los FAMILIARES de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el
Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando le acompañen o SE REÚNAN con él, que a continuación se relacionan:
a) A su cónyuge.........
b) A la pareja con la que mantenga una unión aná-
loga a la conyugal............
c) A sus descendientes directos.............
d) A SUS ASCENDIENTES DIRECTOS, y a los DE SU CONYUGE o pareja registrada que vivan a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o separación legal, o se haya cancelado la inscripción registral de pareja.
Aquí el problema que puede existir es que ha vivido a su cargo desde hace más de 6 años pero en el extranjero... lleva ese tiempo enviándole dinero.... Tanto ella como su marido Español trabajan con lo que no habría problema para acreditar medios económicos... entonces con que se haga un seguro médico privado y acreditando el vínculo familiar con el Libro de Familia de madre e hija y el certificado de matrimonio de los cónyuges, más certificado de empadronamiento, solicitud rellenada y pasaporte sería suficiente???.. y hay que pedir cita o se puede ir directamente a Extranjería o la Comisaría de Policía que le corresponda???...
Muchas gracias...
Hola matthijs... no le pusieron más requisitos que a cualquier otra persona de otro País... otra cosa ya es lo que le pidierna en Cuba...