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reagrupación familiar en régimen comunitario

1 Comentarios
 
Reagrupación familiar en régimen comunitario
19/08/2011 12:56
Cordial Saludo.
Soy colombiana, esposa de un ciudadano alemán y residimos en España, él hace 10 años y yo hace 10 meses. Ahora deseamos solicitar la reagrupación familiar para mi madre que no depende económicamente de nosotros (ella es propietaria de una casa y recibe alquiler por dos locales comerciales), pero se encuentra prácticamente sola en Colombia.
Quisiera saber si es posible solicitar la reagrupación sin necesidad de mostrar dependencia económica, o si es necesario demostrar que se responde por ella para hacer la solicitud de visa ante el consulado español.
Mil gracias y quedo en espera de su respuesta!
20/08/2011 05:20
Hola. La dependencia económica es fundamental. No basta con el simple parentesco, sino que se exige, además, que VIVA A SU CARGO.

Este VIVIR A CARGO, puede demostrarse acreditando que a la persona se le efectúa regularmente envíos de dinero a su país y que éstos constituyen la única o principal fuente de ingresos para el sujeto en su país; con todo, las misiones diplomáticas y oficinas consulares de España establecen, teniendo en cuenta la economía local, así como los usos y costumbres del lugar, si, en efecto, se da o no se da esa situación.

Uno de los requisitos que se exige para la reagrupación de ascendientes que dependen económicamente de un matrimonio formado por ciudadano de la Unión y nacional de un Estado extracomunitario, es el acta de manifestaciones, en la cual se debe expresar la voluntad de que la persona en mención, debidamente individualizada, venga a España a reunirse con ustedes y al mismo tiempo, asumir el compromiso de hacerse cargo de ella económicamente; aunque no es indispensable, conviene, con todo, mostrarle al notario los medios de vida de los que se dispone, para que siente razón de ello en el acta.

Para conferir visados, al no haber un procedimiento específico en el Reglamento del régimen comunitario, se rige por el procedimiento del Reglamento de la Ley de Extranjería, con ciertas peculiaridades propias por tratarse de un familiar de ciudadano de la Unión (por ejemplo, la gratuidad del visado y la tramitación preferente).

Un cordial saludo.