Entiendo la situación delicada que estás enfrentando.
En casos de reagrupación familiar por enfermedad de un ciudadano extranjero con residencia de larga duración en España, existe la posibilidad de solicitar una reagrupación familiar "por razones excepcionales" debido a la situación médica del solicitante.
El procedimiento "estándar" para la reagrupación familiar implica presentar la solicitud de reagrupación ante la Oficina de Extranjería correspondiente y cumplir con los requisitos y plazos establecidos.
Sin embargo, en situaciones como la que mencionas, donde la persona solicitante necesita asistencia médica continua y las 24 horas debido a una enfermedad, puede haber consideraciones especiales para acelerar el proceso.
Para solicitar una reagrupación familiar por razones excepcionales, es importante aportar pruebas médicas sólidas que demuestren la necesidad de asistencia médica continua y la imposibilidad de recibir el tratamiento adecuado en el país de origen del solicitante.
El informe médico de la Seguridad Social que mencionas es un documento crucial para respaldar esta solicitud.
La reagrupación familiar por razones excepcionales puede ser una vía más rápida en estas circunstancias, pero la decisión final dependerá de las autoridades de inmigración y de la documentación proporcionada.
Es fundamental contar con la asesoría de url=https://migratiolex.com/un abogado especializado en asuntos migratorios, como MigratioLex/url, para preparar adecuadamente la solicitud y asegurarse de cumplir con todos los requisitos necesarios.
Espero que esta información te sea de ayuda.
Te deseo lo mejor en este proceso y espero que puedas reunir a tu familia pronto en España.
Si tienes más preguntas o necesitas más asistencia, no dudes en buscar el apoyo de un profesional en temas migratorios. Un cordial saludo.
Reagrupación esposa e hijos menores por enfermedad
Hola a todos,
La consulta es relativa a un ciudadano extranjero con residencia de larga duración ha enfermado en España y acredita que necesita asistencia continuada las 24 horas ( mediante informe médico de la SS ), por ello requiere reagrupar a su esposa y con ello a dos de sus hijos menores que viven con la madre en su país de origen. ¿ Se ha de solicitar una reagrupación familiar "estándar" o existe algún procedimiento más rápido dada la situación de la persona solicitante en el país?.