laurile, entran con un visado de reagrupacion familiar, visado tipo C, luego tiene un plazo de 30 dias des de la entrada a españa para pedir la tarjeta de familiar comunitario.
Hola,
Yo tambien tengo una duda sobre la reagrupacion de los ascendientes. En mi caso se trata de un ciudadano Sirio casado con española y por tanto comunitario. Segun establece el Real Decreto el trámite sería que los suegros entraran en España con un visado de turista y despues en el plazo de 3 meses se tendrían que presentar los papeles para obtner la tarjeta de familiar de ciudadano de la union. No es asi ?
Saludos
mira el real decreto 240/2007, de 16 de febrero.
la suegra puede pedir la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario, con el requisito de que debes probar que ELLA DEPENDE ECONOMICAMENTE DE TU MARIDO (envios de dinero, p ej). no hay mucho papeleo.
mira el real decreto 240/2007, de 16 de febrero.
la suegra puede pedir la tarjeta de familiar de ciudadano comunitario, con el requisito de que debes probar que ELLA DEPENDE ECONOMICAMENTE DE TU MARIDO (envios de dinero, p ej). no hay mucho papeleo.
Os explico la situación. Llevo 5 años casada, yo soy española y mi marido marroquí, actualmente estamos tramitando la nacionalidad española para el, presentamost todos los papeles en Junio de 2011, así que nos toca esperar....
Queriamos reagrupar a mi suegra marroquí, es viuda y todos sus hijos se han ido, 2 en Dubai, 1 en Australia, 2 en otras ciudades de Marruecos y vive sola. He estado mirando por Internet la reagrupación, pero he encontrado reagrupación de ascendientes de extranjeros y no he encontrado nada de la reagrupación de ciudadanos comunitarios. Alguien sabe que procedimiento se tiene que seguir? Muchas gracias!