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Readmisión en otra provincia

3 Comentarios
 
Readmisión en otra provincia
10/12/2009 17:41
Hola mi duda es la siguiente: yo represento a una empresa que dio carta de despido a una trabajadora por causas objetivas, y le extendió un cheque. Ella se negó a firmarla y presenta demadna por despido improcedente. El dinero no se ha consignado, aunque se le mandó un burofax diciendo que el dinero estaba a su disposición y consta recibido por ella. El centro de trabajo donde ella trabaja ha cerrado, de hecho es en un aeropuerto y la concesión administrativa ha finalizado. La empresa me dice que vaya al juicio , me allane y opte por la readmisión en otro centro de trabajo que está en otra provincia.
Las dudas son varias: ¿el despido podría ser declarado nulo? ¿qué consecuencias tendría?
¿Cuando optemos por la readmisión se le comunica que se reincorpore al centro de trabajo de otra ciudad y se le da un plazo para el traslado de 1 mes o no?
¿nos pueden decir que la readmisión no está bien hecha por ser en condiciones distintas cuando es totalmente imposible readmitirla en el centro de trabajo que está cerrado?
10/12/2009 23:25
Si la concesión pasa a otra empresa, hay subrogación de plantilla con todos los derechos.
Si el dinero no se consigna en el Decano y gana la improcedencia, hay que pagarle salarios de tramita.
Si el centro de trabajo cierra totalmente la actividad, el traslado o los 20 días de salario por año de trabajo. Eso si está claro.
No creo que haya nulidad, esta solo puede ser por vulneración de derechos fundamentales o por el tema de la maternidad.
Yo iria jucio y que haya sentencia.
11/12/2009 15:09
Hola gracias por tu respuesta. No hay subrogación porque la concesión no ha pasado a otra empresa.
La reincorooración en su centro de trabajo original es imposible y el otro centro de trabajo está en la otra punta de España. En fin, que a la misma vez que se le comunique la readmisión hay que decirle que se incorporará en la otra provincia,con lo cual pueden decir que la readmisión no se ha efectuado en las mismas condiciones que regían antes del despido.
12/12/2009 20:03
Para dar respuesta a tu pregunta, lo que hay que saber es lo siguiente:

1º.- Si se puso a disposicion del trabajador la indemnizacion en el momento del despido no debe de haber problema con ello, tampoco debes de olvidar que la falta de comunicacion a los representantes de los trabajadores determina la nulidad en los despidos objetivos.

2º.- A partir de hay la empresa lo que te dice es que si pierdes el juicio optes por la reincorporacion y lo cambies de centro de trabajo puesto que en el que el trabajador prestaba servicios a cerrado, a partir de hay tu duda es que si se le readmite en otro centro de trabajo tanto si el despido es improcedente con la opcion de la reincorporacion efectuada por la empresa, como si es nulo por falta de cumplimiento de alguno de los requisito, dicha reincorporacion en otro centro de trabajo supone una readmision irregular con la consiguiente indemnizacion de los 45 dias por año.

Para dar respuesta a esa pregunta lo primero que hay que saber, es si ese traslado se hubiera producido en cualquier caso, esto es, si la empresa no hubiera despedido al trabajador le hubiera trasladado de todas formas, la respuesta a esa pregunta es lo que va a condicionar esa readmision irregular o no irregular, una cuestion fundamental, es si la empresa para el cierre del centro de trabajo a cuantos trabajadores a despedido, y si el numero de estos dentro de la empresa, suponia un despido colectivo, y este despido del total de la plantilla del centro de tabajo a contado con la autorizacion administrativa correspondiente, en caso contrario si la empresa no ha seguido el cauce del despido colectivo creo que la opcion de cambiar al currante de centro de trabajo supondra readmision irregular, con la consiguiente indemnizacion.