Hola a todos, tengo esta duda, a ver qué os parece: me ha dicho hoy un compañero, que si una empresa, opta por la readmision en el acto de conciliacion y el trabajador se niega, a la hora del juicio, el juez directamente va a dictar sentencia reconociendo la improcedencia del despido sin entrar en el asunto, por haber optado la empresa por la readmision en el CMAC porque implica que reconoce la improcedencia. ¿Esto es así? Tengo claro que no se puede readmitir en conciliacion porque se entiende que el vinculo ya estaba roto y que si la empresa decide readmitir debe hacerlo tras la sentencia del juez, pero ¿implica tambien el reconocimiento de la improcedencia?........Es que tengo el caso de un empresario muy valiente, que se aventuró él solito a acudir al CMAC, y allí optó por readmitirlo.
Si es así, me gustaría, si no os importa, que me indicarais algunas sentencias dictadas en este sentido, para saberlo bien, pues he buscado pero no encuentro. Gracias mil.