Buenos días, tengo una duda, es muy importante y muy urgente.
Una persona interpone querella contra otras por supuestos delitos de administración desleal y de apropiación indebida porque una empresa vendió viviendas de un edificio por precio escriturado inferior al de reserva. La mecánica era hacer reservas en torno a los 160.000 euros, y luego escriturar sólo por precio de 120.000.
Existen recibos de dinero B que demuestran que los querellados se quedaron con dinero de la empresa. Incluso uno de ellos se refiere a una de las ventas de este edificio. El problema es que el edificio estaba en el numero 120 de una calle, y en el recibo por error se puso 126. Este error pasó por alto de todos los abogados, las partes y el juez de instrucción, pero es eso, solo un error de número que nadie mencionó en ningún momento.
En el procedimiento el juzgado de instrucción decidió sobreseer, y luego en apelación la Audiencia Provincial lo confirmó. El problema es que se equivocó al entender que el recibo pertenecería a otra operación y no demostraría la comisión del delito; pero insisto, es un error en el número evidente, que en lugar de poner un 0 pusieron un 6. ¿Y por eso los querellados se van de rositas?
¿Hay alguna manera para reabrir la causa?
No es comprensible que por un simple error en un recibo (que ojo, de por sí demuestra la existencia de dinero B, y que se lo quedaron los querellados), la audiencia se confundiera...
Que por cierto, dudo que se confundiera la Audiencia, ¿tan tonta es?
Aunque hubiesen sobreseído la causa de forma definitiva y no provisional, lo cierto es que, apareciendo otras evidencias de que sí que se cometió el delito, pero que no estuvieron a disposición de la parte en esos momentos, el asunto se puede reabrir al amparo de las nuevas pruebas. Pero lo que parece que quieres que se haga es una nueva evaluación de las ya existentes y que fueron tenidas en cuenta en Instrucción y en la Audiencia; de forma que los acusadores pudieron hacer el más amplio uso de las acciones que le permite la ley para ejercer su derecho, llamar la atención sobre las pruebas y solicitar una interpretación favorable a su interés. Con la misma carpeta, que ya ha sido rechazada dos veces, NO van a abrir nuevamente el asunto. Quizás te quepa una vía civil, pero la seguridad jurídica impide que se abra indefinidamente el mismo proceso contra la misma persona por los hechos que ya han sido evaluados.