Hola anacm. Intentaré explicarte cual es mi criterio en este supuesto que planteas. Dentro de los medios de prueba, un documento que incluye un informe de un tecnico en una determinada materia, no es mas que eso, un documento privado, para que dicho documento se trasforme en prueba pericial, este informe debe cumplir los requisitos que establece el art. 335 y siguientes de la LEC, y en especial el contenido en el art. 336, en cuanto al momento y forma de presentación, así como si será necesario la participación del perito en el acto de la vista, conforme regula el art. 347. Cosa distinta es la ratificación de la persona que emitio el documento privado (si es que no se solicitó como prueba pericial), caso de que este fuera impugnado de contrario. Espero haber aclarado tus dudas. Un abrazo
Realmente la duda es al revés. Te explico, ha sido la parte contraria, demandante, quien acompaña un informe pericial a su escrito de demanda, y no solicita la ratificación a medio de otrosí.
Yo en mi contestación acompaño otro, de signo totalmente distinto, claro está, y pido la ratificación, por precaución, más que nada.
Lo cierto, es que si propone la ratificación pericial, cosa que no dudo que hará, pretenderé que se inadmita por no haberlo solicitado en la demanda, pero tengo serias dudas del respaldo que me da la Lec. Mi idea no va más allá de la práctica, y de ver como en muchas AP se ha denegado por no haberse solicitado en demanda o en contestación, aunque lo cierto es que con la Ley en la mano no lo tengo demasiado claro.
En puridad, debería hacerse en la audiencia previa, cuando realices la proposición de prueba, aunque no pasa nada, que lo pidas por otrosi pero no olvides pedirlo también en la audiencia previal
Buenos días compañeros... siempre tengo la misma duda, y siempre compruebo que cada Juez hace lo que le viene en gana, pero me gustaría saber vuestra opinión al respecto.
Aportado un informe pericial con el escrito de demanda, es necesario solicitar la ratificación del perito a medio de otrosí en el escrito de demanda, o es suficiente solicitarla como pericial en la audiencia previa????
Gracias, espero vuestros comentarios...