Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Rampa en la comunidad

1 Comentarios
 
Rampa en la comunidad
perfil cfp
27/02/2017 11:48
Hola, tengo una pequeña duda, tenemos un local y abonamos a la comunidad el coeficiente de participación. En su día instalaron un ascensor y contribuimos con la parte proporcional correspondiente. Ahora la comunidad quiere poner una rampa de acceso y un elevador. ¿estaríamos también en la obligación de participar en los gastos de la instalación? nosotros no pagamos gastos por el mantenimiento del ascensor.
Gracias. Un saludo.
27/02/2017 12:04
cfp
La rampa de acceso sí, igual que el ascensor, es una mejora de accesibilidad (si lo aprueba la comunidad, vamos). El elevador si es para suprimir barreras arquitectónicas, también. Si es un montacargas y no es necesario para el acceso de las personas con movilidad reducida, pues ya no, claro, según a qué te refieras.