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Quitar el uso de la vivienda a un arrendador por peleas en el piso que tiene alquilado

4 Comentarios
 
16/01/2024 10:12
El precinto, en mi experiencia, se mantiene tres años.

Usted puede hacer varias cosas:

Intente arreglarlo por las buenas.

Requiera fehacientemente a la Comunidad para que al menos dos vecinos se avengan a testificar en un juicio para desahuciar al inquilino por actividades molestas. Como ninguno querrá, usted ha salvado su responsabilidad porque tampoco puede desahuciar a alguien por actividades molestas si no puede probarlo.

Supongamos que sí, que dos vecinos se ofrecen a testificar: pues usted inicia el juicio de desahucio por actividades molestas, y con eso ya ha cumplido, nadie le podrá precintar el piso porque usted ha hecho lo que estaba a su alcance para resolver el problema.

Cuando un pleito se nos viene encima es muy importante empezar a preconstituir prueba: a partir de ahora todo por escrito y fehaciente.
15/01/2024 20:10
Supongo que se arreglará sin que llegue el agua al rio, que o bien se vallan o bien se tranquilicen. En el peor de los casos, que llegase a precintar ese piso por 3 años ... ¿Yo podría vender el piso tan pronto se precintase y al haber otro propietario se levantaría el precinto, o duraría el precinto esos 3 años sea quien fuese el propietario? Gracias por la respuesta
15/01/2024 19:54
Si eso es lo que dice la ley, me podría encontrar con eso, aunque no sé la frecuencia en esos casos en que se aplica. A mi me suena más bien a asuntos de droga, plantación de marihuana etc, no me suena a mi que porque hallan tenido alguna pelea entre ellos vallan a precintar el piso y fuese a pagar el pato el Arrendador sin comerlo ni beberlo. Lo más lógico en esos casos supongo que sería que el juez mandase al causante o los causantes de las peleas o los alborotadores a la calle y muerto el perro se acabó la rabia, antes de llegar a precintar un piso. Gracias por el reporte
15/01/2024 17:46
Se refieren a la acción de cesación del art. 7, 2 de la LPH:

"...Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario...".(...) "Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en...".

Resumiendo: si molestan a los vecinos un juez le puede precintar a usted el piso hasta tres años: tómeselo en serio y resuelva ese comportamiento incívico o perderá los alquileres de tres años.
Quitar el uso de la vivienda a un arrendador por peleas en el piso que tiene alquilado
15/01/2024 16:32
Hola he recibido mensajes de un administrador donde tengo alquilado un piso, dando quejas de peleas entre ellos etc. Hemos tenido una conversa gentil, aceptando por mi parte la reclamación, transmitiendo las quejas a mi inquilino, (el cual es una gran persona ocurre que con quien comparte será algo guerrero) no obstante creo que al fina el administrador me ha transmitido la siguiente frase:
Hay un motivo para quitarle el uso de la vivienda si la comunidad demandase al propietario, nadie quiere llegar a eso, por eso le informamos para que sepa la gravedad de lo que pasa. Tiene un problema serio que resolver, sobre todo por su bien.
¿Quitarme el uso de la vivienda? En el Catastro este piso figura con el uso de vivienda, entonces no entiendo que ha querido decir, haber si alguien me podría explicar... Gracias