En este caso me he dado cuenta de que la persona, la Tarjeta de Residencia que tiene es un Estatuto de Apatrida, permanente que autoriza a trabajar (así pone en la tarjeta). Lo tiene desde el 2017, por lo que aun no han pasado 5 años. ¿Puedo seguir solicitandolo? O tendría que ver si antes de esta Tarjeta ha tenido otra no?? Que demuestre que ha estado aqui de forma legal 5 años, verdad??
Sí, en la plataforma MERCURIO en el apartado de solicitudes de autorizaciones de Extranjería. Le pedirá identificarse con el certificado digital y podrá introducir su expediente telemáticamente.
Debe tener instalada la aplicación Autofirma y el programa Java, para poder firmar en el ordenador.
Muchas gracias!!
En la plataforma de Mercurio, sería presentarlo en el último apartado de "MERCURIO Solicitudes de autorizaciones de Extranjería Presentación Telemática Detalles" ??
Si usted tiene certificado digital instalado en su ordenador, puede presentarlo usted mismo a través de la plataforma MERCURIO, del Ministerio de Política Territorial y Administraciones Públicas o bien a través del Registro Electrónico Común (RED SARA).
No olvide que ha de pagar la tasa de tramitación antes de iniciar el procedimiento.
Los documentos, más el impreso oficial de solicitud, deben estar escaneados y convertidos a formato PDF.
Muchisimas gracias por la información. Necesitaría abogado para hacerlo telematicamente, o eso no se puede hacer por la sede electronica? Tengo que ir a la oficina de extranjeria?
Puede pedirla en cualquier momento. Es necesario que haya residido en España de forma legal y continuada durante 5 años, que si tiene una autorización de residencia de larga duración los cumple de sobra.
Debe probar que cuenta con recursos económicos fijos y regulares y seguro médico. Si usted es un trabajador por cuenta ajena, es suficiente, cumple con el requisito porque el hecho de ser trabajador ya le garantiza ingresos fijos y regulares y al mismo tiempo, el derecho a la asistencia sanitaria pública. No se exige ganar un salario determinado.
Sirve también ser trabajador por cuenta propia (autónomo) y hallarse desempleado y cobrando la prestación contributiva de desempleo ( paro).
No sirven en cambio, a los efectos de solicitar la autorización de residencia de larga duración-UE, las prestaciones no contributivas ni las ayudas sociales que pudiera tener reconocidas por los Servicios Sociales de la comunidad autónoma.
La ventaja de la autorización de residencia de larga duración-UE es que permite establecerse en otro Estado parte de la Unión Europea.
Tiene la información oficial en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja047/index.html
Me gustaría saber cómo hago para conseguir la Tarjeta de Residencia de Larga Duración-UE. Ahora mismo tengo la de larga duración normal en España. ¿Tengo que hacer renovación? O lo que se hace es pedirla como otra aparte? ¿Qué requisitos? ¿Cuantas nominas me piden?