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quiero resolver unilateralmente

3 Comentarios
 
perfil Jan
06/09/2007 20:33
Hola urbanitas. El cambiario sí podrías ganarlo,pero no veo cómo puede influir eso en el tema que planteaste al principio.

Un saludo.
06/09/2007 09:21
muchas gracias Jan, de todas formas, aunque ya le he mandado el burofax, si el pagare lo presento a pago mi banco al suyo al ser devuelto, mi banco firmo el impago contra el librador, no es suficiente para ganar la resolucion puesto que se que con eso si gano el cambiario si fuera el caso. ¿ya es solo por mera curiosidad?.
perfil Jan
05/09/2007 18:58
Hola urbanitas. En principio el impago de la fianza es causa de resolución de contrato art 27.2.b) LAU 1994(tanto para viviendas como para local de negocio). Échale un vistazo a la Sentencia de la AP de Alicante de 10 de Abril de 2001.

Sin embargo,en tu caso el Arrendatario NO se ha negado a pagar sino que presentó un pagaré que no fue aceptado. Por ello,creo que para gusradarte las espaldas,deberías notificarle este extremo al arrendatario mediente burofax con acuse de recibo y certificación de contenido concediendole un plazo para que pague la fianza. Si no lo hace entonces sí que tendrías muchas probabilidades de conseguir la resolución del contrato por impago de la fianza.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
Quiero resolver unilateralmente
05/09/2007 11:02
estimados compañeros:

mi cliente firmó un contrato de arrendamiento para uso distinto de la vivienda mas una opción de compra sobre ese inmueble. la historia es que el arrendatario, al cual se le da un periodo de carencia para que no pague mensualidades durante los primeros cuatro meses en base a las obreas que esta realizando en el local, entrega pagare en concepto de fianza que nos ha llegado devuelto, y a mi cliente ya no le gusta el tipo en cuestión y quiere resolver. el contrato recoge expresamente, amen del 1124 cc, que el incumplimiento de las partes de cualquiera de las obligaciones contraidas da derecho a instar la resolucion del contrato.

preguntas: ¿ es accesoria la fianza en relación a olbigaciones sinalagmáticas? ( precio por alquiler).
os parece correcto que le resuelva al cliente extrajudicialmente? cual creeis que el mejor medio de comunicacion, burofax o acta notarial en correo certificado con acuse de recibo?, y sobre todo, cuando el la reciba, que posibilidades tiene, devolverme otra carta no estando de acuerdo o irse directamente al juzgado?, porque mi cliente quiere hacer uso del local.

muchas gracias por adelantado y espero vuestras respuestas.