1.- Si ambos son extranjeros y se casaron en el país de procedencia, ese matrimonio es válido a todos los efectos para el ordenamiento jurídico español, porque fue celebrado de acuerdo con la ley personal de ambos, que es la ley del país de nacionalidad. Ese matrimonio no puede tener acceso al Registro Civil español, porque se celebró fuera de España y no afecta al estado civil de personas de nacionalidad española.
2.- Para que su cónyuge deje de ser beneficiario de la protección subsidiaria en tanto que su cónyuge, debe primeramente divorciarse. Como están domiciliados en España, los jueces españoles son competentes para conocer del divorcio, aunque se hayan casado fuera de España. La resolución judicial que se pronuncie solo tendrá efectos en España.
3.- Aun divorciados, su cónyuge no perderá automáticamente la calidad de beneficiario de la protección subsidiaria, pues bien puede seguir cumpliendo los requisitos para seguir siendo beneficiario de ella y podrá solicitarla a título personal.
Yo soy extranjera y tengo protección subsidiaria.
He mandado los papeles de reagrupación familiar a mi marido y le han concedido como mi estado y le han dado 5 años de residencia de protección subsidiaria.
Pero después de vivir juntos he descubierto que es infiel y me estaba engañando, y solo quería llegar a Europa a través de mi.
Quiero saber si puedo quitarlo la residencia o no?
Porque no estamos casados aquí en el registro civil de España.