En mi contrato de alquiler tengo dos clausulas que me tienen un poco pillada y yo no se por donde coger
El contrato tiene la duracion de 1AÑO desde 1 d marzo 2010 a 28 2 2011 Es un piso con opcion a compra un edificio nuevo y
una de las condiciones esq yo pagaba el alta de la luz agua y gas ... clausula 8 dicha cantidad de las altas se le abonarán
al arrendatario en el caso de renovar este alquiler en el segundo año. No pone nada de avisar con un mes ni nada para irme
Clausula 11 ....la fianza será reintegrada a la parte arrendataria al término de la vigencia de dicho contrato ....En el caso de q la
arrendataria desaloje la vienda antes de la finalización la cantidad entregada como fianza no será devuelta,salvo que la parte arrendadora
así lo quisiera y ademas no tendrá que pagar el año completo a la parte arrendadora.
Me tengo q trasladar y nose que hacer si renunciar al dinero de las altas y coger mi fianza o coger el dinero de las altas y perder mi fianza
xq me parece q las dos cosas lo tengo claro . Se supone q el dinero d las altas me lo da el lunes , q encima me a costado ,pero nose
si coger ese dinero me obliga a estar un año mas .. ?o por el contrario yo me puedo ir cuando quiera renunciando solo a mi fianza ?
Hola ariadna. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.